Requisitos
La inscripción de una federación, confederación o unión de asociaciones, requiere un mínimo de tres asociaciones constituidas de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Sus miembros han de ser personas jurídicas de naturaleza asociativa constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Entidades Jurídicas, de acuerdo con la mencionada ley orgánica.
Tasas
046 .
Taxa per la sol·licitud d'inscripció d'una federació, confederació o unió d'associacions d'una associació. -
El pagament es pot efectuar durant la tramitació telemàtica o, si es prefereix, també es pot realitzar prèviament a través del següent enllaç i adjuntar el justificant de pagament durant el procediment telemàtic: http://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=3412&lang=ca
Documentación a presentar
1. Acta Fundacional: de la federación, confederación o unión de asociaciones, en la que se hará constar la denominación, el número de inscripción en el Registro de Entidades Jurídicas y el domicilio social de cada una de las entidades fundadoras, los datos de identificación de sus representantes y lugar y fecha de la adopción del acuerdo de constitución. Es aconsejable emplear el modelo de acta fundacional.
Asimismo, se hará constar la identificación de las personas y entidades, en su caso, que ostenten la representación de la federación, confederación o unión de asociaciones y los cargos que ocupen en la junta directiva u órgano de representación.
Este documento se ha de presentar con la firma electrónica del representante de cada una de las entidades fundadoras.
2. Certificado: de cada asociación que se integre en la federación, confederación o unión de asociaciones se aportará un certificado expedido y firmado electrónicamente por su representante, justificativo de haberse adoptado el acuerdo de integración y de la designación de la persona que representa a la asociación en el acto constitutivo de la entidad federativa. Se hará constar la denominación exacta, el domicilio social y el número de inscripción en el registro correspondiente. Se ha de adjuntar la documentación acreditativa de la identidad de sus representantes. Es aconsejable emplear el modelo de certificado.
3. Estatutos: el contenido mínimo de los estatutos se establece en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Es aconsejable utilizar el modelo de estatutos.
Los estatutos han de estar firmados electrónicamente por todos los representantes de las entidades fundadoras.
4. Tasa
Plazo máximo
No hay un plazo máximo para solicitar la inscripción de una federación, confederación o unión de asociaciones en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei d'Entitats Jurídiques
C/ de Sant Pere, 3.
Tel.: 971177145
(entitatsjuridiques@caib.es)