Requisitos
Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente en el momento de la solicitud de renovación.
La solicitud debe ser formulada por la persona o entidad titular de la autorización con una antelación mínima de tres meses.
Tasas
03I B) Empresas de juegos> Renovación de las autorizaciones e inscripción de empresas de juego: el 50% del importe correspondiente a la autorización. .
B) Empresas de juegos> Renovación de las autorizaciones e inscripción de empresas de juego: el 50% del importe correspondiente a la autorización. -
Imprimir modelo y efetuar pago en las entidades bancarias o de forma telemática.
Documentación a presentar
Documento que contenga la denominación de la entidad, con indicación de su naturaleza jurídica y domicilio social.
En el caso de personas jurídicas, copia compulsada de la escritura de constitución.
Relación nominal y datos personales que permitan la identificación del personal que preste servicios en el laboratorio.
Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad. Cuando el laboratorio dependa de una entidad pública no se exigirá tal declaración.
En caso de entidad privada, copia cotejada de la póliza de seguro de responsabilidad civil.
Disponibilidad de personal dotado de la cualificación y formación técnica adecuada para la realización de los ensayos y verificaciones requeridos.
Capacidad del laboratorio para hacer las pruebas, ensayos y otras actuaciones de verificación de conformidad con las especificaciones, características y requisitos técnicos establecidos en la normativa en materia de juego y apuestas para cada tipo de máquina, material de juego y apuestas.
Capacidad del laboratorio para hacer comprobaciones en actividades complementarias de aquellos otros elementos que intervienen en los juegos, tales como verificaciones o controles metrológicos, mecánicos, climáticos, de seguridad eléctrica, de compatibilidad electromagnética, así como cualesquiera otros aspectos técnicos, cuando por la naturaleza los juegos mencionados sea adecuado.
Disponibilidad del laboratorio para la resolución de consultas formuladas por las administraciones públicas sobre cuestiones relacionadas con los ensayos y pruebas de tipo de máquinas de juego, material de juego y apuestas, y asistencia a reuniones de trabajo con aquellas para la unificación de criterios o para la prestación de servicios de colaboración en la inspección, cuando así sea requerido por un órgano judicial o administrativo.
Posesión de la acreditación oficial emitida por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o por otro organismo nacional de acreditación de un estado miembro de la Unión Europea.
Justificante del pago de la tasa administrativa correspondiente.
Modelos:
Plazo máximo
Tres meses.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Empresa, Empleo y Energía
Contacto
Servicio o Sección responsable
Consejería de Empresa, Empleo y Energía
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900
- Fax: 971176965
(mcanyellas@dgce.caib.es)