Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Autorización de interconexión de máquinas de tipo B4

Autorizar la interconexión de máquinas de tipo B4 en un mismo o diferentes bingos.

Código SIA

2307648

Personas destinatarias

Empresas de juego.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Tres meses.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Trámites

X

Solicitud de autorización de interconexión de máquinas de tipo B4

Requisitos

- Homologación previa del sistema.

- El número mínimo de máquinas interconectadas es de tres.

- Una misma máquina sólo puede formar parte de un sistema de interconexión en los locales de juego y de un sistema de interconexión entre locales de juego.

- El premio acumulado, que no podrá comportar una disminución del porcentaje de devolución de cada máquina interconectada, se determinará por la suma de premios máximos que se puedan otorgar en el total de las máquinas interconectadas, que no podrá superar en ningún caso la cuantía de 40.000 euros.

Si la interconexión de máquinas de tipo B exclusivas de bingo se realiza entre diferentes salas de bingo, la cuantía máxima de la bolsa de cada sistema de interconexión de máquinas de tipo B exclusivas de bingos no podrá ser superior al doble de los límites establecidos en el párrafo anterior (80.000 euros). El premio acumulado se determinará por la suma de premios máximos que se puedan otorgar en el total de las máquinas interconectadas, y no podrá comportar una disminución del porcentaje de devolución de cada máquina interconnectada.-Para homologar el sistema e interconexión de máquinas de juego de tipo B exclusivas de bingo entre diferentes salas de bingo, la persona o entidad titular del establecimiento del bingo acreditará mediante un certificado técnico de la empresa encargada de los servicios de interconexión que se cumplen los requisitos siguientes:

- El servidor central estará instalado en el ámbito territorial de las Islas Baleares.

- El servidor está en una de las salas de bingo o en un local, cuya ubicación se comunicará al órgano competente en materia de juego.

- El servidor controla el sistema de interconexión en su conjunto. El sistema estará dotado de los controles de seguridad necesarios y asegurará la inviolabilidad de acceso.

- El sistema de interconexión garantiza su comunicación constante y en tiempo real.

- El sistema dispone de adaptadores a que se conectan las máquinas que forman el sistema de interconexión.

- El establecimiento dispone de una red interna en cada sala de bingo que conecta los adaptadores de las máquinas a un servidor local o concentrador de local de juego.

- El establecimiento dispone de una red externa que conecta la sala de bingo con el sistema central de interconexión.

- El establecimiento cuenta con visualizadores conectados a la red de cada sala de bingo, destinados a informar en todo momento de los premios y del estado del juego interconectado.

- Las máquinas interconectadas al sistema interactúan directamente con el jugador en el desarrollo del juego.

Tasas

03I C) Explotación de máquinas y otros documentos> Autorización de instalación de sistemas de interconexión de máquinas de juego de tipo B . C) Explotación de máquinas y otros documentos> Autorización de instalación de sistemas de interconexión de máquinas de juego de tipo B - Imprimir el documento y efectuar el pago en las entidades bancarias o de forma telemática.

Documentación a presentar

- Solicitud de interconexión, con la conformidad de la persona o entidad titular del establecimiento.

- Justificante pago tasa administrativa correspondiente.

Modelos:

Plazo máximo

Tres meses.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Juego

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(mcanyellas@dgce.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar