Autorización de emisión de gases de efecto invernadero
Según establece el artículo 4 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI), todas las instalaciones en que se desarrolle alguna de las actividades del Anexo I de la Ley y que alcancen los umbrales de capacidad especificados en el mismo, deben tener una autorización de emisión de (GEI). No tener la autorización figura tipificado en el artículo 29.2 de la Ley 1/2005 como infracción administrativa muy grave. Los nuevos entrantes no podrán iniciar su actividad sin que haya sido emitida la autorización.
Código SIA
2279437
Personas destinatarias
Titulares de las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses
El procedimiento incluye, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1/2005, la comunicación de la resolución al órgano competente en materia de registro de derechos de emisión en el plazo de 10 días desde la fecha de la resolución.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Simplificación documental
Trámites
Solicitud
Requisitos
Los específicos para empresas y los que se detallan en el formulario de solicitud. Consultáis la página web del Ministerio.
Tasas
M45 - Autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero > Primera autorización . Acceso a ATIB - A través del portal de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares o mediante el modelo 046 a través de la entidad bancaria
Documentación a presentar
· Formulario de solicitud de autorización
· Pla para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero según el formulario aprobado
· Procedimiento de Gestión de Emisiones de CO2
· Identificación y escritura de constitución de la empresa.
· Acreditación de la titularidad y representación de la instalación
Modelos:
Plazo máximo
No aplica
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Alegaciones en trámite de audiencia
Requisitos
Titulares de las instalaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que quieran presentar alegaciones o comentarios en relación a la autorización de emisión de gases de efecto invernadero
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
15 días desde la notificación del trámite de audiencia
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Enmienda de la solicitud
Requisitos
Titulars de les instal·lacions incloses dins l'àmbit d'aplicació de la Llei 1/2005, de 9 de març, que regula el règim del comerç de drets d'emissió de gasos d'efecte hivernacle als quals se'ls hagi notificat un requeriment d'esmena de deficiències de la sol·licitud
Documentación a presentar
Documentación requerida
Modelos:
Plazo máximo
10 días desde la notificación del requerimiento de enmienda de deficiencias de la solicitud
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Presentación de documentación
Requisitos
Titulares de las instalaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que hayan solicitado la autorización de emisión de gases de efecto invernadero que quieran presentar documentación complementaria
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Antes de la notificación de la resolución
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Desistimiento de la solicitud
Requisitos
Titulares de las instalaciones incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que hayan solicitado autorización de emisión de gases de efecto invernadero y quieran desistir de la solicitud
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Antes de la notificación de la resolución de autorización de emisión de gases de efecto invernadero
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Cambio Climático y Atmósfera
C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706
(atmosfera@energia.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Energía y Cambio Climático
Finalidad
Tramitación del procedimento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros salvo obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional