Requisitos
Presentación de solicitudes
Documentación a presentar
a)Si lo suele- licitando es persona jurídica, fotocopia compulsada del NIF de la entidad, de los estatutos sociales correctamente inscritos en el registro correspondiente o certificado de inscripción registral de los documentos mencionados y documento que acredite la representación con la cual actúa la persona que firma la suele- licitud. La representación tiene que ser vigente en el momento de la presentación de la suele- licitud de ayuda.
b) Plano del recinto y de la parcel- la donde se tiene que ejecutar la inversión que se suele- licita y croquis de señalización y ubicación de la inversión.
c) En el caso de los propietarios de las parcel- aquellas, que no sean los titulares de la explotación inscrita en el Registro Interinsular Agrario (RÍA), se tiene que presentar un documento acreditativo de la titularidad de la parcel- la en la cual se tiene que realizar la inversión.
d) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica, también se tiene que aportar:
- Documento en que se reflejen las normas o la reglamentación de funcionamiento que hayan suscrito todos los miembros.
- Fotocopia compulsada del DNI de las personas asociadas y del NIF de la agrupación, si se dispone.
- Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que haya constancia expresa de los compromisos de ejecución que asume cada uno de ellos, así como el número de cuenta bancario (24 dígitos IBAN) de cada uno de ellos.
- Nombramiento de una persona en representación o apoderado único de la agrupación con poder suficiente para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria.
- Documento suscrito por todos los miembros de la agrupación en que se haga constar el compromiso de no disolver a la agrupación hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción que prevé el artículo 22 del Decreto legislativo 1/2005, de 24 de junio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 57 y 60 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Hasta el día 31/12/2019
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (Fogaiba)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Ayudas Al Desarrollo Rural
C/ de la Reina Constança, 4.
Tel.: 971176555
- Fax: 971176871
(gcanos@fogaiba.caib.es)
Observaciones
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