Vuelve

Sede Electrónica

Si buscas un procedimento dirigido a persones físicas y a la ciudadanía en general

Si buscas un procedimento dirigido a persones jurídicas, autónomos, cooperativas, asociaciones, fundaciones, ONG?S...

Si buscas un procedimento dirigido a otras administraciones públicas o entes, organismos y entidades que integran el sector público (consorcios, organismos autónomos, etc...)

Declaración de información estadística y contable (DEC )

Presentar la información estadística y contable anual de distribuidores de seguros y reaseguros de las Islas Baleares.

Código SIA

2844255

Personas destinatarias

Personas físicas y personas jurídicas inscritas en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares que tengan la obligación de remitir la información estadística y contable de acuerdo con el artículo 187 del Real decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Observaciones

Es preceptivo estar inscrito en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de las Islas Baleares (RADAR-IB) previamente al inicio y desarrollo de la actividad de distribución de seguros y reaseguros en el territorio de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.

La obligación de información estadística y contable se exige a todos los corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros respecto de aquellos periodos en los cuales se haya ejercido la actividad de mediación, independientemente de cuando se haya producido la cancelación de su inscripción en el RADAR-IB.

El ejercicio económico a considerar para la información estadístico y contable a remitir coincide con el año natural.

La Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio podrá solicitar aclaraciones sobre la documentación recibida al objeto de obtener la información estadística y contable que se prevé al Real decreto 287/2021, de 20 de abril.

La información estadística y contable se tiene que presentar por medios electrónicos y a través del trámite que figura en sede electrónica.

Los corredores de seguros tienen que remitir a Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de manera separada y por cada código de inscripción, la información estadístico y contable anual que incluirá datos referentes en la declaración de datos generales y requisitos para el ejercicio de la actividad, estructura de la organización, programa de formación que se imparte a los empleados y colaboradores externos, contratos de seguros intermediados, cuenta de pérdidas y ganancias y balance.

Los agentes de seguros vinculados y los operadores de banca-seguros tienen que remitir a la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio la información contable y del negocio anual que incluirá datos referentes en la declaración de datos generales y requisitos para el ejercicio de la actividad, estructura de la organización, programa de formación que se imparte a los empleados, a las personas que participan directamente en la actividad de distribución y a los colaboradores externos, contratos de seguros intermediados y cuenta de pérdidas y ganancias.

La remisión de la información estadística y contable anual se ajustará a los modelos que se aprueben mediante orden de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y se remitirá antes del 30 de abril del año siguiente a aquel a que se refiera.

Dado que para la presentación de la información estadística y contable correspondiente al ejercicio natural 2022, la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital no ha aprobado mediante orden nuevos modelos de remisión de la documentación estadística y contable, son de aplicación, los modelos que establecen los artículos 7 y 9 del Real decreto 764/2010, de 11 de junio.

En el apartado de documentación tenéis a vuestra disposición los modelos correspondientes a cada categoría de distribuidor de seguros y reaseguros con la información estadística y contable que se tiene que rellenar.

Se recuerda que el artículo 23 de Real decreto 287/2021, de 20 de abril, establece que en conformidad con el que se establece en los artículos 192.2.r) y 192.3.h) del Real decreto ley 3/2020, la falta de remisión de la información a que se refieren los artículos 17.3, 19.1 y 21.1 será constitutiva de infracción administrativa.

Órgano instructor

Servicio de Política Financiera y Seguros

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Política Financiera y Seguros

C/ del Palau Reial, 17. Tel.: 971177107

(politicafinancera@tresorer.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

Descargar