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Ayudas de desplazamiento para el alumnado universitario empadronado en la isla de Mallorca que cursa estudios universitarios en la UE-27durante el curso académico 2023-2024

Ayudas para compensar parte del coste del desplazamiento del alumnado universitario de las Illes Balears empadronado en Mallorca que, atendido el hecho insular, se tienen que desplazar y tienen que residir fuera de la isla de Mallorca donde se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios oficiales en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2023-2024.

Cofinanciado con el Factor de Insularidad (RDL 4/2019).

Código SIA

3052867

Personas destinatarias

Estudiantes universitarios de las Illes Balears empadronados en Mallorca que se tienen que desplazar y residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios oficiales en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el curso académico 2023-2024, siempre que no puedan hacer los estudios en su isla de residencia como alumnos de la Universidad de las Illes Balears o de los centros que están adscritos, bien porque los estudios no se ofrezcan o bien porque no han obtenido plaza y cumplan los requisitos generales y académicos establecidos en la convocatoria y se encuentren en alguna de las circunstancias descritas en cada una de las siete categorías establecidas en el punto quinto de la convocatoria.

Quedan excluidas de esta convocatoria las personas que cursan los siguientes estudios :

Enseñanzas artísticas superiores (estudios de música, de danza, y de arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño); enseñanzas superiores religiosos; enseñanzas superiores militares; estudios correspondientes a títulos propios de las universidades; estudios correspondientes a un doctorado; estudios de las modalidades a distancia, en linea o virtual, los estudios específicos y obligatorios de preparación o especialización para el ejercicio profesional que no sean másteres universitarios oficiales, y los estudios en centros adscritos en universidades que no sean de países de la UE-27.

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Los estudiantes empadronados en Menorca, Ibiza o Formentera tienen que solicitar las ayudas de desplazamiento al sus respectivos Consejos, Consejo de Menorca, Consejo de Ibiza, y Consejo de Formentera.

La ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, prevé dotaciones presupuestarias específicas para que los Consejos de Menorca, Ibiza y Formentera publiquen las convocatorias de ayudas correspondientes a los estudiantes con domicilio en las islas mencionadas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses a contar desde la finalización del plazo para presentar solicitudes. En el supuesto de que la convocatoria no se resuelva en ese plazo, todas las solicitudes se entenderán desestimadas.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Observaciones

NOVEDAD !

El 14 de noviembre de 2024 se publica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se conceden o se excluyen las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears empadronados en Mallorca que cursan estudios universitarios en la Unión Europea (UE-27) durante el curso académico 2023-2024. La Resolución incluye los siguientes Anexos:

- Anexo 1: Listado de beneficiarios de las ayudas de desplazamiento.

Las solicitudes de los beneficiarios cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria.

Importe de la ajuda: 1.600,00 euros.

- Anexo 2: Listado de personas excluidas de la ayuda. La causa de la exclusión se indica en la columna "Motivo".

- Anexo 3: Codificación de las causas de exclusión (explicación de la columna "Motivo" del Anexo 2).

Contra esta Resolución, que agota la via administrativa, se puede interponer los siguientes recursos:

- Recurso potestativo de reposición: Ante el consejero de Educación y Universidades.

Plazo para interponer el Recurso potestativo de reposición: Desde 15 de noviembre hasta el 16 de diciembre de 2024.

- Recurso contencioso administrativo: Ante la Sala Contenciosa del TSJIB.

Plazo para interponer el Recurso contencioso administrativo: Desde 15 de novimebre de 2024 hasta el 15 de enero de 2025.

EN EL CASO DE QUE SU NOMBRE NO APAREZCA en el llistado de beneficiarios o en el llistado de personas excluidas tienen que comprobar la Resolución de personas declaradas desistidas (se declaran personas desistidas a aquellos solicitantes que no subsanaron la solicitud dentro del plazo establecido o bien subsanaron parcialmente o de manera incorrecta) y que se publicó:

El 19 de octubre en el BOIB número 137 mediante el cual se publicó la Resolución por la cual se declara el desistimiento de solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears, empadronados en Mallorca, que cursaron estudios universitarios en la Unión Europea (UE-27) durante el curso académico 2023-2024.

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En fecha 21 de octubre se publica la Propuesta de Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se proponen a las personas como beneficiarias o se proponen a las personas como excluidas de las ayudas de desplazamiento para estudios universitarios en la Unión Europea (UE-27) durante el curso académico 2023-2024. La Propuesta de Resolución incluye los Anexos siguientes:

- Anexo 1: Relación ordenada alfabéticamente de las personas propuestas como beneficiarias de la ayuda.

Las solicitudes de estas personas cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria.

Importe de la ayuda: 1.600,00 euros.

- Anexo 2: Relación ordenada alfabéticamente de las personas propuestas como excluidas de la ayuda. La causa de la exclusión se indica a la columna "Motivo".

- Anexo 3: Codificación de las causas de exclusión (explicación de la columna "Motivo exclusión" del Anexo 2).

Contra esta Propuesta de resolución por la cual se concede o se excluye la ayuda, se puede alegar el que se considere adecuado:

Las alegaciones se tienen que dirigir al director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, y se pueden presentar tanto de manera telemática como de manera presencial a cualquier de las dependencias que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

IMPORTANTE !: NO se aceptarán alegaciones consistentes a aportar documentos que no se hayan presentado en el plazo de enmienda de solicitudes.

Plazo de presentación de Alegaciones desde el 21 hasta el 30 de octubre de 2024.

EN EL CASO DE QUE SU NOMBRE NO APAREZCA en el listado de personas propuestas como beneficiarias de las ayudas o en el listado de personas propuestas como excluidas, tienen que comprobar la Resolución de personas declaradas desistidas.

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En fecha 19 de octubre se ha publicado lo BOIB número 137 mediante el cual se publica la Resolución por la cual se declara la dejación de las solicitudes de ayudas de desplazamiento para el curso académico 2023-2024.

Se han declarado desistidas las solicitudes de ayudas de las personas que o bien no han presentado la enmienda de documentación dentro de plazo o bien han enmendado parcialmente o de manera incorrecta la solicitud.

Anexo: Personas declaradas cejadas en su solicitud de ayudas.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer los recursos siguientes:

- Recurso potestativo de reposición: Ante el consejero de Educación y Universidades.

Plazo para interponer el Recurso potestativo de reposición: desde el 20 de octubre hasta el 20 de noviembre de 2024 (ambos incluidos).

- Recurso contencioso-administrativo: Ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.

Plazo para interponer el Recurso contencioso-administrativo: Desde el 20 de octubre hasta el 20 de diciembre de 2024 (ambos incluidos).

Neteja

Copia el text

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MÁS INFORMACIÓN en la página web: https://dguni.caib.es

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Requisitos generales:

- Tener nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea (UE-27).

- Tener domicilio familiar en Mallorca.

- Cursar 42 créditos o más de una única titulación universitaria oficial durante el año académico 2023-2024. En el caso de solicitantes que cursan estudios correspondientes a una programación conjunta de enseñanzas oficiales (PCEO) o doble grado, los créditos pueden ser de cualquier de las dos titulaciones de grado que componen la PCEO.

No se tendran en cuenta los créditos convalidados, reconocidos o transferidos.

- Cursar los estudios en una universidad pública o privada ubicada en alguno de los países de la Unión Europea (UE-27).

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Requisitos referentes al rendimiento académico del curso 2022-2023:

- Los solicitantes que tienen el título de bachillerato, que acceden en la universidad mediante la PBAU y que se matriculan por primera vez del primer curso de unos estudios de grado: Acreditar una nota de acceso a la universidad igual o superior a 5,00 puntos.

- Los solicitantes del segundo curso o de los posteriores, o los que se matriculan de primero, pero no es la primera vez que se matriculan de un primer curso de enseñanzas universitarias oficiales: Haber superado durante el curso académico 2022-2023 los siguientes porcentajes de los créditos de que se matricularon según la rama de conocimiento:

- Artes y humanidades: 90 %;

- Ciencias: 65 %;

- Ciencias sociales y jurídicas: 90 %;

- Ciencias de la salud: 80 %;

- Ingeniería o Arquitectura: 65 %;

En cualquier caso, el curso 2022-2023 el solicitante tiene que haber estado matriculado de 42 créditos, como mínimo, de una única titulación universitaria oficial. En el caso de los estudios de PCEO o doble grado, los créditos pueden ser de cualquier de las dos titulaciones de grado que componen la PCEO.

No se tendrán en cuenta los créditos convalidados, reconocidos o transferidos.

Para estudios de máster, los solicitantes tienen que acreditar que durante el curso 2022-2023 se matricularon, como mínimo, de 42 créditos, además, se tiene que acreditar una nota mediana de:

- Para estudiantes de primer curso máster:

Para estudios de másteres que habilitan o que son una condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada: 5,00 puntos en los estudios previos que dan acceso al máster.

Para los restantes estudios de máster: 6,00 puntos, como nota mediana mínima, en los estudios previos que dan acceso al máster.

Las notas medias procedentes de enseñanzas técnicas (rama de conocimiento de ingeniería y arquitectura) se tienen que multiplicar por el coeficiente 1,17.

- Para estudiantes de segundo curso de máster:

Acreditar que se han superado todos los créditos de que se habían matriculado el primer curso.

Este mismo criterio se aplica también a los casos de estudiantes con una discapacidad igual al 65 %; o superior a los cuales se había reducido la carga lectiva.

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Documentación a presentar

IMPORTANTE !!!: EL SOLICITANTE TIENE QUE ADJUNTAR AL TRÁMITE DE SOLICITUD LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN EL PUNT OCTAVO DE LA CONVOCATORIA, que según el caso particular, será la siguiente (se ha adjunta extracto del punto octavo ):

1) El impreso de solicitud rellenado en el trámite telemático.

2) En el caso de alumnos extranjeros, una copia del pasaporte, una copia del número de identidad de extranjero (NIE); en el caso de alumnos extranjeros no comunitarios, una copia de la tarjeta de residencia.

3) El impreso de la matrícula universitaria correspondiente al curso académico 2023-2024 en que conste la titulación y el número de créditos matriculados.

4) Acreditación del pago completo de la matrícula y del resto de gastos académicos y administrativas del curso académico 2023-2024: bien todos los recibos bancarios o bien mediante certificado emitido por la universidad.

5) En el supuesto de que el solicitante se matricule de primer curso por primera vez: Certificado con el resultado de las pruebas de bachillerato para el acceso a la universidad (PBAU).

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En el supuesto de que el solicitante se matricule de primer curso por primera vez y acceda en la universidad por otras vías: Certificado de la nota de la prueba o la enseñanza que permite el acceso a la universidad.

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En el caso de los solicitantes que accedan por primera vez al primer curso de unas enseñanzas de grado y hayan hecho las pruebas de acceso a la universidad en el curso 2021-2022 o anteriores y en el de los solicitantes de segundo curso y/o posteriores, que durante el curso 2022-2023 no se hayan matriculado de enseñanzas universitarias oficiales, una declaración responsable en la cual conste el último año académico cursado.

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6) En el supuesto de que el solicitante se haya matriculado del segundo curso o de los posteriores, o que no se matricule del primer curso de unas enseñanzas universitarias oficiales por primera vez: Certificado académico oficial completo validado por la universidad (CSV o sello) o un extracto completo del expediente personal del curso académico 2022-2023 donde tienen que constar todas las notas obtenidas en el curso 2022-2023 de las asignaturas de las cuales se matriculó y el número de créditos.

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En el supuesto de que el solicitante se haya matriculado del primer curso de unos estudios de máster: Certificado académico oficial completo del curso 2022-2023 validado por la universidad (CSV o sello) donde tiene que constar la nota mediana de los estudios que dan acceso al máster.

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En el caso de solicitantes de segundo curso de máster: Certificado académico oficial completo validado por la universidad (CSV o sello) donde tiene que constar todas las notas obtenidas en el curso 2022-2023 de las asignaturas de las cuales se matriculó con el número de créditos.

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7) En el caso de solicitudes correspondientes a las modalidades 1, 4, 5 y 7 (punto quinto de la convocatoria): Certificado de la Universitat de les Illes Balears que acredite que no ha obtenido plaza.

8) En el caso de presentación de la solicitud en representación de un tercero, acreditación de la representación legal y vigente con la cual actúa la persona que firma la solicitud.

Plazo máximo

Desde el 4 de marzo hasta el 10 de julio de 2024, ambos incluidos.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Universidad

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Observaciones

1. El solicitante tiene que presentar, a través del trámite telemático, la solicitud debidamente rellenada y firmada electrónicamente, junto con la documentación requerida, según el caso, del punto ocho de la convocatoria.

2. En el caso de solicitantes matriculados en un país que no sea España, la documentación acreditativa tiene que estar redactada en catalán, castellano, alemán, inglés, francés, italiano o portugués.

X

Mejora voluntaria de la solicitud

Requisitos

Haber presentado la solicitud de Ayuda de Desplazamiento para estudios universitarios en la Unión Europea (UE-27) para el curso académico 2023-2024 dentro del plazo establecido en la convocatoria (del 4 de marzo al 10 de julio de 2024).

Documentación a presentar

La documentación necesaria para completar la solicitud en el caso de no haberla aportado dentro del plazo abierto para solicitar la Ayuda de Desplazamiento.

Plazo máximo

Desde el 1 hasta el 20 de agosto de 2024.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

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X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Haber salido publicado en el Anexo 1:"Listado de personas con documentación pendiente".

Documentación a presentar

La documentación requerida en la columna "Documentación pendiente" del Anexo 1.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Desde el 20 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2024 (ambos incluidos).

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

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Observaciones

NOVEDAD !

En fecha 20 de agosto se publica la diligencia y el informe relativo a la falta de documentación o a los defectos de las solicitudes presentadas en la convocatoria de las ayudas de desplazamiento.

Con la publicación del informe se notifican los posibles defectos de las solicitudes o la falta de documentación.

En caso de que los solicitantes no aporten la documentación para subsanar la solicitud dentro del plazo establecido, se considerará que desisten de su petición mediante resolución.

X

Alegaciones al informe de documentación pendiente

Requisitos

Haber salir publicado en alguno de los listados del informe de documentación pendiente (anexo 1 o anexo 2).

Documentación a presentar

Plazo máximo

Desde el 20 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2024 (ambos incluidos).

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Observaciones

Los solicitantes pueden alegar lo que consideren oporturno al informe de documentación pendiente.

X

Alegaciones a la Propuesta de Resolución de concesión o exclusión

Requisitos

Tener la condición de interesado en alguna de las listas publicadas a la Propuesta de Resolución de concesión o exclusión de ayudas de desplazamiento para el curso académico 2023-2024.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Desde el 22 hasta el 31 de octubre de 2024 (ambos incluidos).

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

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Servicio o Sección responsable

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C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Observaciones

NO SE ACEPTARAN alegaciones consistentes en aportar nuevos documentos que no se hayan presentado en el plazo de subsanación de solicitudes.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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