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Convocatoria becas y ayudas acciones formativas SOIB CP y no CP 2022-2025

Establecer una convocatoria informativa de becas dirigida a las personas trabajadoras paradas de más de 16 años y menos de 30, personas de más de 30 años, becas para personas con discapacitado y para las des víctimas de violencia machista que se encuentren en situación de paro y que cursen acciones formativas financiadas por el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) que finalicen entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025, así como ayudas en concepto de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación y, que finalicen entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025, todas reguladas a los artículos 20 a 23 de la orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.

Código SIA

2896861

Personas destinatarias

-Personas desocupadas de más de 16 y menos de 30 años e inscritas como demandantes de ocupación desocupadas, que sean alumnas de acciones formativas financiadas por el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), finalizadas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y que no hayan recibido beca a convocatorias anteriores por el mismo concepto.

- Personas desocupadas a partir de 30 años inscritas como demandantes de ocupación desocupadas como mínimo cuatro meses en los últimos seis de inmediatamente anteriores al día de incorporación a cada acción formativa en el SOIB o en otro servicio público del sistema nacional de ocupación, financiadas por el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), finalizadas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y que no hayan recibido beca a convocatorias anteriores por el mismo concepto.

-Das víctimas de violencia machista para mujeres desocupadas que sean alumnas de acciones formativas financiadas por el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), finalizadas entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y que no hayan recibido beca a convocatorias anteriores por el mismo concepto.

- Personas desocupadas que cursen acciones formativas financiadas por el SOIB finalizadas entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025 (ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención, conciliación y becas de discapacitado)

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

5. Requisitos

Pueden tener la condición de personas beneficiarias de las becas los alumnos de acciones formativas de formación profesional para la ocupación, financiadas por el SOIB definidas en el apartado 1 de esta convocatoria que reúnan los requisitos siguientes:

LÍNEA 1 (Personas mayores de 16 y menores de 30 años)

a) Cursar una acción formativa, de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y no haber recibido beca por el mismo concepto a las convocatorias anteriores.

b) Tener más de 16 años y menos de 30 el día de inicio de la acción formativa.

c) Estar inscrito como demandante de ocupación desocupado en el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB) el día de inicio de la acción formativa.

d) Finalizar la acción formativa (módulo) con aprovechamiento (apto/a) o, en el caso de ser una persona con discapacitado, haber finalizado la acción formativa. En este caso, tiene que estar inscrita como persona con discapacitado a la oficina de ocupación a la fecha de inicio del curso y hacer constar esta condición en la Hoja de demanda de la acción formativa. En relación con las acciones formativas de idiomas del MECRL (Marc Común Europeo de Referencia para las Lenguas), en que la evaluación se hace a una entidad acreditativa oficial, para beneficiarse de la beca el alumno tiene que haber logrado en el certificado oficial al mismo nivel o superior de conocimiento del idioma de la especialidad formativa que ha cursado.

LÍNEA 2 (Personas a partir de 30 años)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y no haber recibido beca por el mismo concepto a las convocatorias anteriores.

b) Tener 30 años o más el día de inicio de cada acción formativa.

c) Estar inscrito en el SOIB como demandante de ocupación desocupado el día de inicio de cada acción formativa.

d) Haber sido inscrito en el SOIB o en otro servicio público del sistema nacional de ocupación como demandante de ocupación desocupado durante al menos cuatro meses en los últimos seis inmediatamente anteriores al día de la incorporación a cada acción formativa.

e) Finalizar la acción formativa con aprovechamiento (apto/a) o, en el caso de ser una persona con discapacitado, haber finalizado la acción formativa. En este caso tiene que estar inscrita como persona con discapacitado a la oficina de ocupación a la fecha de inicio del curso y hacer constar esta condición en la Hoja de demanda de la acción formativa. En relación con las acciones formativas de idiomas del MECRL (Marc Común Europeo de Referencia para las leguas), en que la evaluación se hace en una entidad acreditativa oficial, para beneficiarse de la beca el alumno tiene que haber logrado el certificado oficial de conocimientos del idioma en el mismo nivel o en uno de superior de la especialidad formativa que ha cursado.

LÍNEA 3 (Des víctimas de violencia machista)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2025 y no haber recibido beca por el mismo concepto las convocatorias anteriores.

b) Estar inscrita como demandante de ocupación desocupada en el SOIB el día de inicio de cada acción formativa.

c) Estar en situación de ser una da víctima de violencia machista acreditada, de acuerdo con el apartado 6.5.b) de este anexo.

LÍNEA 4 (Ayudas para transporte público)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.

b) Estar inscrito como demandante de ocupación desocupado en el SOIB el día de inicio de cada acción formativa.

LÍNEA 5 (Ayudas para manutención)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.

b) Estar inscrita como demandante de ocupación desocupada en el SOIB el día de inicio de cada acción formativa.

c) Tenerse que desplazar de un municipio a otro que diste, al menos, 30 kilómetros del primero y la impartición de las clases sea por la mañana y de horabaixa.

LÍNEA 6 (Ayudas para alojamiento y manutención)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.

b) Estar inscrito como demandante de ocupación desocupado en el SOIB el día de inicio de cada acción formativa.

c) Tenerse que desplazar entre las islas, con la autorización previa del SOIB para asistir a los cursos.

LÍNEA 7 (Ayudas de conciliación)

a) Cursar una acción formativa de formación profesional para la ocupación financiada por el SOIB que haya finalizado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.

b) Estar inscrito como demandante de ocupación desocupado en el SOIB el día de inicio de cada acción formativa.

c) Tener a su cargo hijos menores de 12 años o familiares dependientes hasta el segundo grado, y cumplan los requisitos siguientes:

· No haber rechazado ofertas de ocupación adecuadas ni haberse negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en el plazo de un mes contador desde el momento en que se haya agotado el subsidio por desocupación o la prestación contributiva.

· No tener rentas de cualquier tipos superiores al 75 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM ). Se tiene que entender cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la forman, no supere el 75 % del IPREM , la cuantía del cual se haya establecido al año de inicio del curso. A tal efecto, computan como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidos por las comunidades autónomas.

Documentación a presentar

La documentación que complementa la solicitud y que se tiene que presentar directamente a través de la aplicación ESO IB es la siguiente:

a) Para las becas de todas las líneas:

· Documento generado por la aplicación ESO IB una vez registrado tal como indica el apartado 6.1 del anexo de la convocatoria.

· Solicitud para cada acción formativa y alumno de acuerdo con el modelo que se encuentra en el web del SOIB.

b) Para las solicitudes de la Línea 3 (Des víctimas de violencia machista), si la alumna es víctima de violencia de género, el Servicio de Gestión de Programas de Ocupación 5 solicitará a la IBDona la certificación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género con vigencia el día de la fecha de inicio de la acción formativa en relación con la cual se solicita la ayuda.

En caso de que el alumno se oponga al acceso a esta información por parte del Servicio señalado al párrafo anterior, tendrá que adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género con vigencia a la fecha de inicio de la acción formativa en relación con la cual solicita la ayuda, en los términos establecidos al artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, según el cual las situaciones de violencia de género se tienen que acreditar intermediando:

· Una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género.

· Una orden de protección o cualquiera otro resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.

· Un informe del Ministerio Fiscal que señale la existencia de indicios que la demandante es víctima de violencia de género.

· Un informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.

· Cualquiera otro título, siempre que esté previsto a las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulan el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

c) Para las ayudas de la Línea 5 (Ayudas para manutención), se considera como último domicilio del alumno el que consta en la base de datos de la oficina de ocupación que tiene que coincidir con el que figure en la solicitud. En caso de que no coincida, se tiene que aportar un certificado de empadronamiento y se tiene que tener por domicilio válido el que conste.

d) En caso de las becas de la Línea 6 (Ayudas para alojamiento y manutención) cuando el alumno se tenga que desplazar entre las islas, con la autorización previa del SOIB, para asistir a los cursos el gasto se tiene que justificar presentando un contrato de arrendamiento, una factura de hospedaje o por cualquier mediano documental acreditativo.

e) En caso de las ayudas de la Línea 7 (Conciliación) se tiene que adjuntar una fotocopia del libro de familia, certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente y autorización para consultar la declaración de rentas de todas las personas mayores de 26 años y dependientes de la unidad familiar. En caso de familiares dependientes, se tiene que juntar el certificado de dependencia expedido por la Dirección general de Dependencia o de otro órgano competente.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo de presentación de solicitudes se desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el 31 de marzo de 2026

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol. Tel.: 971177900 - Fax: 971176342

(goliver@soib.caib.es)

Observaciones

Si optais por el tràmite telemàtico, debeis adjuntar el formulario de solicitud (documento D29) generado por la aplicación ESOIB, cumplimentado y firmado electrònicamente.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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