Requisitos
	            				1. Pueden solicitar las ayudas que establece esta convocatoria las  entidades que cumplan los requisitos siguientes:
a. Requisitos comunes para las  dos líneas de subvenciones:
   1. Estar constituidas como entidades privadas sin ánimo de lucro  con una antigüedad mínima de dos años.
   2. Estar constituidas legalmente e inscritas como entidades prestamistas de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las  Islas Baleares 
       en la fecha de fin de presentación de solicitudes, de acuerdo con el que dispone capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, 
       por el cual se fijan los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las  Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación 
       de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales 
       de ámbito suprainsular.
   3. Disponer de sede o delegación permanente y activa en las  Islas Baleares.
   4. Estar al corriente con el cumplimiento de las  obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
   5. No incurrir en ninguna de las  prohibiciones para ser beneficiarias de subvenciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones
       aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
   6. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas 
       laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, 
      de igualdad de mujeres y hombres.
   7. Cumplir la obligación que establece el artículo 57 de la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente 
       a la violencia.
b. Requisitos específicos para las  entidades que se presenten a la línea 1:
   1. Incluir en los estatutos y en sus actividades efectivas, como beneficiarias de las  intervenciones, cualquier persona o familia en situación
      de riesgo o exclusión social residente en las  Islas Baleares, sin que sea necesaria la pertenencia a un colectivo o sector específico de población 
      por razones de salud, discapacidad, dependencia, edad, procedencia o cualquier otra condición.
   2. Desarrollar la atención directa a los usuarios mayoritariamente con personal voluntario.
   3. Las  entidades que presenten solicitudes para la modalidad 1 tienen que estar designadas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) 
      durante el ejercicio 2021 como organizaciones asociadas de distribución de alimentos,en el marco del Programa Operativo de Ayuda Alimentaria del 
      Fondo de Ayuda Europea para las  Personas Más Desfavorecidas (FEAD) España 2021. Se entiende que cumplen el requisito mencionado aquellas 
      entidades que formen parte o participen de la federación estatal correspondiente o estructura análoga en el territorio de las  Islas Baleares.
   4. Las  entidades que presenten solicitudes para la modalidad 2 tienen que:
    a. Acreditar a lo largo del ejercicio 2021 la participación de un mínimo de personas voluntarias en actividades relacionadas con el objeto de esta
      convocatoria, de acuerdo con los criterios siguientes:
    ─ Para las  entidades de la isla de Mallorca: 75.
    ─ Para las  entidades de las  islas de Menorca e Ibiza: 30.
    ─ Para las  entidades de la isla de Formentera: 15.
    b. Atender anualmente en el programa de alimentos un mínimo de familias o beneficiarios directos, de acuerdo con los criterios siguientes:
    ─ Para las  entidades de la isla de Mallorca: 750.
    ─ Para las  entidades de las  islas de Menorca e Ibiza: 600.
    ─ Para las  entidades de la isla de Formentera: 300
   c. Mantener una colaboración continuada y documentable con los servicios sociales comunitarios básicos municipales.
   d. Haber ejecutado algún proyecto de reparto de alimentos en colaboración con algún servicio social comunitario municipal a lo largo de 2021.
  5. Las  entidades que presenten solicitudes para la modalidad 3 tienen que:
   a. Acreditar a lo largo del ejercicio 2021 la participación de un mínimo de 10 personas voluntarias en actividades relacionadas con el objeto de esta
      convocatoria.
   b. Realizar un mínimo de 450 repartos semanales.
   c. Haber ejecutado algún proyecto de comedor social durante el año 2021.
   c. Requisitos específicos para las  entidades que se presenten a la línea 2:
   1. Incluir en los estatutos como finalidad o actividad prioritarias el acceso universal a actividades culturales.
   2. Haber participado en algún proyecto de acceso a la cultura de personas en situación de riesgo y/o exclusión social durante los dos últimos años que 
   haya
  logrado un mínimo de 300 asistencias a acontecimientos culturales.
  3. Haber colaborado en actividades de acceso a la cultura durante los dos últimos años con un mínimo de 10 administraciones, entidades o empresas que
atienen personas en situación de riesgo y/o exclusión social.
            				
							
							
							
            				Documentación a presentar
            				
            				Ver convocatoria
							
            				
            					Documentos relacionados con el trámite:
            					
            				
            				
            				
            					Plazo máximo
            					Diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB .
            				
				            Forma de presentación
				            
							
								La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
							
							
            				
            					Órgano competente para la tramitación
            					
								
									Dirección General de Bienestar Social
								
            				
            				
	            				Contacto
	            				Servicio o Sección responsable
	            				
	            				Dirección General de Bienestar Social
	            				
		            				Pl. de la Drassana, 4.
						            Tel.: 971177301
						            
					            
	                            
		                            
			            				
			                                 (serveissocials@dgsersoc.caib.es)
			                                (serveissocials@dgsersoc.caib.es)