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Expedientes sancionadores en materia de consumo

Tramitación de expedientes sancionadores en materia de consumo.

Código SIA

2180022

Personas destinatarias

Personas físicas o jurídicas infractoras de la normativa en la materia antes descrita o sus representantes.

Plazo máximo para la resolución y notificación

1 año

Silencio administrativo

Caducidad

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Salud

Trámites

X

Alegaciones al acuerdo de inicio

Requisitos

Que se le haya notificado una Resolución de inicio de expediente sancionador en materia de consumo.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Abierto hasta la notificación de la propuesta de resolución.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Secretaría General

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento Jurídico

Pl. d'Espanya, 9. Tel.: 971788510

(svanrell@sgtsic.caib.es)

X

Apertura periodo de prueba

Requisitos

Que se considere necesario abrir un periodo de prueba para constatar la realidad de los hechos o para delimitar la responsabilidad de las personas inculpadas en el marco de un procedimiento sancionador en materia de consumo.

Documentación a presentar

Plazo máximo

El periodo de prueba se abrirá por un plazo no superior a 30 días ni inferior a 10.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Secretaría General

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento Jurídico

Pl. d'Espanya, 9. Tel.: 971788510

(svanrell@sgtsic.caib.es)

X

Alegaciones propuesta resolución o reconocimiento de responsabilidad

Requisitos

Para las alegaciones: que se le haya notificado una propuesta de resolución de expediente sancionador en materia de consumo.

Para el reconocimiento de la responsabilidad: que se le haya notificado una Resolución de inicio de expediente sancionador en materia de consumo.

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

Para la presentación de alegaciones a la propuesta de resolución: 15 días desde la notificación de la propuesta de resolución.

Para el reconocimiento de la responsabilidad: no hay un plazo máximo.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Secretaría General

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento Jurídico

Pl. d'Espanya, 9. Tel.: 971788510

(svanrell@sgtsic.caib.es)

X

Actuaciones complementarias (si procede)

Requisitos

Que se le haya notificado que el órgano competente para resolver ha decidido, con carácter excepcional, que el órgano instructor lleve a cabo actuaciones complementarias.

Documentación a presentar

Plazo máximo

15 días desde que se le haya notificado que el órgano competente para resolver ha decidido, con carácter excepcional, que el órgano instructor lleve a cabo actuaciones complementarias.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Secretaría General

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento Jurídico

Pl. d'Espanya, 9. Tel.: 971788510

(svanrell@sgtsic.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Secretaría General

Finalidad

Tramitación del procedimento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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