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Reintegro de gastos por el traslado de enfermos (Ib-Salud)

Reintegro de gastos o compensaciones que, en concepto de dietas y transporte, que pueden solicitar los beneficiarios de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social que sean usuarios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, en el supuesto de que se tengan que desplazar para recibir asistencia sanitaria a centros, servicios o establecimientos ubicados fuera del área de salud de su localidad de residencia.

Código SIA

2074312

Personas destinatarias

Ciudadanía

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Dirección General del IB-Salut

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud de reintegro de gastos por traslado de enfermos

Requisitos

1. Traslado para recibir asistencia sanitaria fuera del área de salud de la localidad de residencia, autorizado por el Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. Las compensaciones serán también aplicables a los acompañantes cuando, vista la situación asistencial del paciente, sea imprescindible la ayuda de otra persona durante el desplazamiento y haya sido autorizado por el Servicio de Salud de las Islas Baleares. En cualquier caso, se autorizará el traslado con acompañante si el paciente tiene menos de 18 años o tiene incapacidad legal.

Documentación a presentar

-Justificante o informe de asistencia a consulta o de la hospitalización con la fecha del ingreso y alta.

Si solicita dietas para el acompañante:

- Tarjeta de embarque o documento equivalente que acredite el traslado o traslados del acompañante autorizado

En caso de hospitalización del interesado:

- Justificantes semanales que continúa la necesidad del acompañante. En su defecto, la compensación en concepto de dieta se

limitará a un máximo de 7 días.

Si solicita reintegro del gasto en concepto de transporte aéreo o marítimo:

- Factura que acredite el gasto por este concepto.

- Tarjeta de embarque de los viajeros o documento equivalente que acredite que se ha realizado el traslado

Si solicita reintegro del gasto en concepto de alojamiento:

- Factura que acredite el gasto por este concepto, con la fecha de entrada y salida.

En caso de que el centro asistencial esté ubicado en una provincia distinta de la estación marítima o del aeropuerto y sea necesario utilizar transporte terrestre para llegar al centro asistencial, puede solicitar compensación de este gasto terrestre aportando:

- Documento que acredite el gasto en este concepto.

En caso de que por prescripción médica la persona receptora de la asistencia no se pueda desplazar por transporte aéreo y la estación marítima esté fuera del municipio del centro asistencial, puede solicitar el importe equivalente al coste del desplazamiento en taxi entre el centro asistencial y la estación marítima, aportando:

- Factura del gasto y la prescripción médica correspondiente.

Modelos:

Plazo máximo

6 meses desde la finalización de la asistencia en el centro hospitalario de destino.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Prestaciones

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones

X

Subsanación de la solicitud

Requisitos

Deberá realizar la subsanación en caso de recibir requerimiento de subsanación por parte del IBSALUT en relación a su solicitud de reintegro de gastos por traslado de enfermos..

Documentación a presentar

La documentación a presentar será la especificada en el requerimiento de subsanación por parte de la IBSALUT en relación a su solicitud de reintegro de gastos por traslado de enfermos.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo establecido en el requerimiento

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Prestaciones

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones

X

Alegaciones a la solicitud de reintegro de gastos por el traslado de enfermos

Requisitos

En caso de no mostrar conformidad en relación con su solicitud de reintegro de gastos por el traslado de enfermos por parte de la IBSALUT, puede presentar las alegaciones que considere oportunas en el plazo establecido.

Documentación a presentar

La documentación a presentar será la que considere necesaria en relación con las alegaciones.

Modelos:

Plazo máximo

El establecido en relación a su solicitud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Prestaciones

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Prestaciones

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Servicio de Prestaciones

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros disparo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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