Expedición de un certificado de profesionalidad / certificado profesional o de acreditación parcial de unidades de competencia / certificado de competencia
Tramitación de las solicitudes de expedición de un certificado de profesionalidad / certificado profesional o de una acreditación parcial acumulable / certificado de competencia que deben solicitar las personas que han superado formación profesional gestionada por el SOIB.
AVISO IMPORTANTE: la expedición de los certificados obtenidos a través del procedimiento de acreditación de competencias adquiridas mediante la experiencia laboral o formación no formal que gestiona el Instituto de las Calificaciones Profesionales de las Islas Baleares (IQPIB) y los obtenidos mediante estudios impartidos en centros educativos (IES, CEPA, CIFP) iniciados a partir del 1 de septiembre de 2024 corresponde a la Consellería de Educación.
CONSULTAS: 971 17 95 82 - ofertaformativaicentres@soib.caib.es
Codi SIA
1370419
Persones destinatàries
Personas que hayan superado una formación gestionada por el SOIB:
a) Se les expedirá el certificado de profesionalidad / certificado profesional, si han superado todos los módulos que conforman el certificado, incluido el módulo de prácticas profesionales no laborales / periodo de formación en empresa (FEMPO) o han superado los contenidos de la formación incluida en los contratos para la formación o en los programas públicos de ocupación-formación asociados a las unidades de competencia del certificado de profesionalidad / certificado profesional de la ocupación relacionada con el oficio o puesto de trabajo previsto en el contrato laboral.
b) Se les expedirán acreditaciones parciales acumulables (APAs) / certificados de competencia, si han superado solo algunos de los módulos formativos que conforman el certificado profesional.
Novedad importante: Si la formación se ha impartido en los centros de la red de centros de formación profesional de Educación (IES, CEPA, CIFP), la expedición corresponde a:
– la Consellería de Educación y Universidades, si los estudios se han iniciado a partir del 1 de septiembre de 2024.
– el SOIB, si los estudios se han iniciado con anterioridad a esta fecha (puesto que se trata de formación que gestionó el SOIB).
A tener en cuenta: la expedición de certificados de profesionalidad / certificados profesionales se tiene que solicitar siempre al organismo que ha tramitado la última acción formativa o el módulos de prácticas en empresa o bien el último certificado de competencia.
Termini per a resoldre i notificar
Plazo máximo por resolver y notificar: 6 meses.
Silenci administratiu
No es de aplicación
Forma d'inici
Instancia de parte
Fi de la via administrativa
No
Disponible per tramitar per persona apoderada
Si
Normativa del procediment
Òrgan competent per a resoldre
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)