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Si cerques un procediment dirigit a persones físiques i a la ciutadania en general

Si cerques un procediment dirigit a persones jurídiques, autònoms, cooperatives, associacions, fundacions, ONG?S...

Si cerques un procediment dirigit a altres administracions públiques o ens, organismes i entitats que integren el sector públic (consorcis, organismes autònoms, etc...)

Certificación de afección para llevar a cabo actividades de filmaciones, sesiones fotográficas y otros tipos de producciones audiovisuales dentro de espacios Red Natura 2000 fuera de Espacios Naturales protegidos

La Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad ha de valorar la afección que estas actividades puedan provocar al medio según el artículo 39 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears (LECO). Además, se ha publicado la Circular del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 21 de septiembre de 2017, sobre la tramitación y la evaluación de la afección de las actividades de filmación, las sesiones fotográficas y otros tipos de producciones audiovisuales dentro de espacios de la Red Natura 2000 (BOIB nº 128 de 19 de octubre de 2017) para guiar a los promotores de estas actividades, que sirva para proyectarlas de manera que se evite o se reduzcan las repercusiones ocasionadas sobre los hábitats y las especies de interés comunitario y faciliten que sean compatibles con la conservación de los lugares de la Red Natura 2000.

Codi SIA

287635

Persones destinatàries

Personas físicas, jurídicas y administraciones

Termini per a resoldre i notificar

Dos meses

Silenci administratiu

Negativo

Forma d'inici

Instancia de parte

Fi de la via administrativa

Si

Disponible per tramitar per persona apoderada

Si

Òrgan competent per a resoldre

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Documents relacionats amb el procediment

Tràmits

X

Solicitud

Requisits

La Circular del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 21 de setembre de 2017 sobre la tramitación y la evaluación de la afección de las actividades de filmación, las sesiones fotogràficas y otros tipos de producciones audiovisuales en espacios de la Red Natura 2000(BOIB núm. 128 de data 18/10/2017) especifica

1. ACTIVITADES QUE NO REQUIEREN UNA EVALUACIÓN DE REPERCUSIONES AMBIENTALES

Las actividades de producción audiovisual que CUMPLAN TODAS LAS CONDICIONES siguientes:

a) Que se lleven a cabo con equipamiento técnico portátil, como cámaras digitales, reflectores solares u otros medios materiales sencillos.

b) Que no necesiten sistemas de anclaje ni ningún tipo de instalación en el medio que requiera excavación, a excepción de carpas o sombrillas desmontables para resguardarse del sol o de la lluvia (de como máximo 2 x 2 m de ocupación total). En este caso, las carpas o los parasoles se deben ubicar en una zona sin vegetación a una distancia de 6 m como mínimo del sistema dunar.

c) En las que no se empleen generadores eléctricos.

d) En las que no se empleen aparatos de reproducción de música ni megafonía.

e) Que se lleven a cabo entre julio y febrero (por lo tanto, fuera del periodo reproductor de la mayor parte de las especies animales).

f) En las que no se empleen drones o aparatos voladores similares.

g) Que se lleven a cabo en horario diurno.

Así mismo, se recuerda que si estas actividades también se llevan a cabo dentro de un espacio natural protegido (parque natural, paraje natural, reserva, etc), necesitan la autorización del órgano gestor del espacio de acuerdo con su normativa reguladora.

2. ACTIVIDADES QUE REQUIEREN UNA EVALUACIÓN DE REPERCUSIONES AMBIENTALES

Las actividades de filmación, las sesiones fotográficas y otros tipos de producciones audiovisuales profesionales en los espacios de relevancia ambiental que NO CUMPLAN TODAS LAS CONDICIONES señaladas, y que por tanto puedan producir una alteración en el medio, se sujetarán a la evaluación de las repercusiones ambientales, de acuerdo con el artículo 39 de la LECO y el artículo 2 de la Circular.

Taxes

N08 Taxa de quota variable per a reportatges publicitaris . - https://www.atib.es/TA/Modelos/Modelo.aspx?m=046&idConcepto=7235

N08 . Filmaciones con finalidad publicitaria o comercial - Modelo 046 Reportaje cinematográfico o videográfico con modelos o que incluyan productos

N08 . Filmaciones con finalidad publicitaria o comercial - Modelo 046 Reportaje cinematográfico o videográfico sin intervención de modelos y que no incluya productos

N08 . Sesiones fotográficas con finalidad publicitaria o comercial - Modelo 046 Reportaje fotográfico con modelos o que incluya productos

N08 . Sesiones fotográficas con finalidad publicitaria o comercial - Model 046 Fotografía sin intervención de modelos y que no incluya productos

Documentació a presentar

1. En el caso de que la actividad CUMPLA TODAS LAS CONDICIONES señaladas:

Se debe presentar ante el órgano sustantivo correspondiente el escrito de BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES junto con la solicitud de autorización.

2. En el caso de que la actividad REQUIERA UNA EVALUACIÓN DE REPERCUSIONES AMBIENTALES:

Los promotores deben presentar ante el órgano sustantivo correspondiente (Demarcación de Costas de las Islas Baleares, Agencia Española de Seguridad Aérea, ayuntamientos, órgano gestor de los espacios naturales protegidos, etc.) la siguiente documentación:

a) Datos de identificación de la empresa: razón social; CIF; nombre y NIF del titular o del representante de la actividad, código postal y población; teléfono y dirección electrónica.

b) Documentación descriptiva:

1º Una descripción de la actividad proyectada y de los equipos y del material necesario:

i. Tipo de producción o rodaje con los elementos que tienen que aparecer.

ii. Número total de personas participantes que constituyen los equipos técnicos y artísticos, por día.

iii. Calendario previsto.

iv. Tipo y número de vehículos implicados (turismos, furgonetas o camiones).

v. Tipo de iluminación y material.

vi. Tipos de cámaras y soportes; travellings o grúas.

vii. Decorados y atrezo (tipo, tamaño y anclaje).

viii. Grupos electrógenos o generadores, y características (potencia sonora, insonorización o no).

ix. Carpas.

x. Cualquier otra información que se considere relevante.

2º Localización concreta, indicada sobre cartografía o fotografía aérea, de las diferentes áreas de trabajo, descanso o catering. Se indicarán los caminos de acceso y el aparcamiento.

3º Días y horario en que se llevará a cabo la actividad.

c) Documento ambiental:

1º Acciones susceptibles de producir impactos ambientales.

2º Descripción del medio afectado (hábitats, especies de flora y fauna). Se puede consultar la información disponible en www.xarxanatura.es y http://ideib.caib.es/visualitzador/visor.jsp.

3º Impactos principales que se prevén sobre el medio ambiente teniendo en cuenta los objetivos de conservación del espacio.

4º Medidas correctoras o protectoras para minimizarlos.

Models:

Termini màxim

Dos meses

Forma de presentació

D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):


a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.


b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.


c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.


*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.

Òrgan competent per a la tramitació

Servicio de Planificación del Medio Natural

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Planificación del Medio Natural

C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100

(xarxanatura@dgmedinatural.caib.es)

Informació sobre protecció de dades

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tractament

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Finalitat

Tramitación del procedimento

Legitimació

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatari

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Drets

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Informació adicional

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