Reclamaciones y denuncias de consumo
Reclamación: Interceder en los conflictos que puedan surgir entre una persona consumidora y una empresa. Supone una petición de cumplimiento, restitución o compensación por parte del consumidor delante de la empresa reclamada, y todo sin perjuicio que los hechos mencionados puedan suponer una infracción de la normativa en materia de consumo.
Denuncia: Cuando la persona consumidora o usuaria únicamente pretende poner en conocimiento de la administración competente unos hechos que entiende que pueden ser constitutivos de una infracción de la normativa vigente, sin perseguir ningún efecto compensatorio.
Código SIA
207817
Personas destinatarias
Personas consumidoras de productos y usuarios de servicios
Plazo máximo para la resolución y notificación
3 meses
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Observaciones
TELÉFONO DEL CONSUMIDOR 900 166 000
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Servicio de Atención al Consumidor
Trámites
Presentación telemática
Requisitos
Reclamación de consumo
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
3 meses
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Consumo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Atención al Consumidor
Carrer de Jesús 38 A. Tel.: 971784996 - Fax: 971179545