Licencia de pesca marítima recreativa para embarcación
Es el documento administrativo que ampara el ejercicio de la pesca marítima desde embarcaciones de bandera española de las listas 6ª y 7ª o de bandera de los países de la Unión Europea en aguas interiores y exteriores de las Islas Baleares. La vigencia es de 3 años.
Documentación necesaria para obtener la licencia:
- Solicitud debidamente cumplimentada (ver apartado de documentos).
- Fotocopia del rol o certificado de navegación actualizado, en que tienen que constar los datos de la embarcación y del armador o propietario (en caso de primera expedición).
- Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del armador o, en el caso de personas extranjeras, del pasaporte o del documento gubernativo del país, reconocido por la Administración española (solo en caso de primera expedición).
- Resguardo acreditativo del pago de la tasa.
El importe de la tasa para obtener la licencia de forma presencial en embarcaciones de hasta 6 m. de eslora es de 47,21 €, para embarcaciones mayores es de 77,80 €.
a) Telemàticamente:
Actualmente, se pueden renovar o hacer duplicados de las licencias en las que no hay cambios de propietario, matrícula o nombre de la embarcación.
El importe de las tasa para embarcaciones de hasta 6 m de eslora es de 32,21 €, para embarcaciones mayores es de 62,80 €.
Enlace al trámite: renovación o duplicado telemático
b) En persona
Menorca, Ibiza y Formentera
Consulte las páginas web de los consejos insulares para la tramitación y el pago de la tasa:
Mallorca
Oficina de Palma.
Delegaciones del FOGAIBA.
Si quiere realizar el pago telemático antes de acudir a la oficina, puede realizarlo entrando en los siguientes enlaces:
Código SIA
207779
Personas destinatarias
Personas o empresas.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Pesca y Medio Marino