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Procedimiento de admisión a ciclos formativos de FP en modalidad virtual (2023-2024)

Concretar el procedimiento que se debe seguir para la admisión y la matrícula a determitados ciclos formativos de FP en modalidad virtual para el curso 2023-2024.

Codi SIA

3032569

Persones destinatàries

Personas que cumplen los requisitos de acceso.

Termini per a resoldre i notificar

- El día 22 de septiembre de 2023 cada centro educativo publicará las listas provisionales de personas admitidas.

- El día 2 de octubre de 2023, cada centro educativo publicará la lista definitiva de personas admitidas en las plazas de cada uno de los módulos que se ofrecen, así como también la de las personas que han pedido plaza y que no han sido admitidas porque no quedan más plazas. Estas personas constituyen la lista de personas en espera. Estas listas definitivas las facilita la aplicación informática GESTIB.

Silenci administratiu

Negativo

Forma d'inici

Instancia de parte

Fi de la via administrativa

Si

Disponible per tramitar per persona apoderada

Si

Observacions

- Las personas que constan en las listas definitivas de personas admitidas deben formalizar la matrícula de día 3 al 5 de octubre de 2023.

- Más información en la página web de Formación Profesional de la Dirección general de Formación Profesional y Formación Permanente del Profesorado (http://fp.caib.es).

Òrgan competent per a resoldre

Consejería de Educación y Universidades

Tràmits

X

Solicitud de admisión (trámite autenticado)

Requisits

1. Las personas que quieran acceder a las enseñanzas de formación profesional en la modalidad virtual deben residir en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. El alumnado mayor de dieciséis años y menor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:

a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.

b. Pasaporte.

c. Certificado de empadronamiento en un municipio.

d. Visado de estudios.

e. Tarjeta de estudiante extranjero.

3. El alumnado mayor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:

a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.

b. Pasaporte.

c. Visado de estudios.

d. Tarjeta de estudiante extranjero.

e. Autorización de residencia prevista al artículo 197 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.

f. Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, prevista al artículo 198 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.

4. Las personas interesadas en cursar módulos en esta modalidad de enseñanza tienen que reunir las condiciones de acceso al ciclo formativo correspondiente, de conformidad con la normativa general de admisión a los ciclos formativos.

5. Los alumnos con prioridad de elección son aquellos que, el curso 2022-2023, han superado, como mínimo, el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados. Estos alumnos tienen preferencia para seguir cursando estas enseñanzas durante el curso escolar 2022-2023, antes que los alumnos de nueva admisión o los que no han superado este porcentaje establecido. Así, la admisión a los módulos profesionales del mismo ciclo formativo que les resten para cursar, debe hacerse de acuerdo con lo que se establece en el punto 7 y siguientes de estas instrucciones.

6. Los alumnos que en el curso 2022-2023 no han superado el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados en modalidad virtual, no tienen prioridad de elección y deben seguir el procedimiento establecido en el punto 5 y siguientes de estas instrucciones para solicitar la admisión al curso 2023-2024.

7. A los efectos de estas instrucciones, un módulo formativo se considera superado si tiene una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10.

Documentació a presentar

Termini màxim

El plazo para tramitar las solicitudes de admisión electrónica mediante el trámite telemático de admisión a ciclos formativos de formación profesional en modalidad virtual es del día 1 al día 15 de septiembre de 2023, ambos incluidos.

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177772

X

Solicitud de admisión (trámite sin autenticar)

Requisits

1. Las personas que quieran acceder a las enseñanzas de formación profesional en la modalidad virtual deben residir en la comunidad autónoma de las Illes Balears.

2. El alumnado mayor de dieciséis años y menor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:

a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.

b. Pasaporte.

c. Certificado de empadronamiento en un municipio.

d. Visado de estudios.

e. Tarjeta de estudiante extranjero.

3. El alumnado mayor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:

a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.

b. Pasaporte.

c. Visado de estudios.

d. Tarjeta de estudiante extranjero.

e. Autorización de residencia prevista al artículo 197 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.

f. Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, prevista al artículo 198 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.

4. Las personas interesadas en cursar módulos en esta modalidad de enseñanza tienen que reunir las condiciones de acceso al ciclo formativo correspondiente, de conformidad con la normativa general de admisión a los ciclos formativos.

5. Los alumnos con prioridad de elección son aquellos que, el curso 2022-2023, han superado, como mínimo, el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados. Estos alumnos tienen preferencia para seguir cursando estas enseñanzas durante el curso escolar 2022-2023, antes que los alumnos de nueva admisión o los que no han superado este porcentaje establecido. Así, la admisión a los módulos profesionales del mismo ciclo formativo que les resten para cursar, debe hacerse de acuerdo con lo que se establece en el punto 7 y siguientes de estas instrucciones.

6. Los alumnos que en el curso 2022-2023 no han superado el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados en modalidad virtual, no tienen prioridad de elección y deben seguir el procedimiento establecido en el punto 5 y siguientes de estas instrucciones para solicitar la admisión al curso 2023-2024.

7. A los efectos de estas instrucciones, un módulo formativo se considera superado si tiene una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10.

Documentació a presentar

Termini màxim

El plazo para tramitar las solicitudes de admisión electrónica mediante el trámite telemático de admisión a ciclos formativos de formación profesional en modalidad virtual es del día 1 al día 15 de septiembre de 2023, ambos incluidos.

Forma de presentació

La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.

Òrgan competent per a la tramitació

Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras

Contacte

Servei o Secció responsable

Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta). Tel.: 971177772

Informació sobre protecció de dades

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tractament

Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa

Finalitat

Tramitación del procedimiento

Legitimació

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatari

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Drets

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Informació adicional

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