Requisitos
1. Las personas que quieran acceder a las enseñanzas de formación profesional en la modalidad virtual deben residir en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
2. El alumnado mayor de dieciséis años y menor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:
a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero, expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
b. Pasaporte.
c. Certificado de empadronamiento en un municipio.
d. Visado de estudios.
e. Tarjeta de estudiante extranjero.
3. El alumnado mayor de dieciocho años puede presentar la solicitud de admisión siempre que disponga de alguno de los documentos acreditativos siguientes:
a. DNI, NIE o tarjeta de identidad de extranjero expedida por la comisaría de policía u oficina de extranjeros.
b. Pasaporte.
c. Visado de estudios.
d. Tarjeta de estudiante extranjero.
e. Autorización de residencia prevista al artículo 197 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.
f. Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, prevista al artículo 198 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de su reforma por Ley orgánica 2/2009.
4. Las personas interesadas en cursar módulos en esta modalidad de enseñanza tienen que reunir las condiciones de acceso al ciclo formativo correspondiente, de conformidad con la normativa general de admisión a los ciclos formativos.
5. Los alumnos con prioridad de elección son aquellos que, el curso 2022-2023, han superado, como mínimo, el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados. Estos alumnos tienen preferencia para seguir cursando estas enseñanzas durante el curso escolar 2022-2023, antes que los alumnos de nueva admisión o los que no han superado este porcentaje establecido. Así, la admisión a los módulos profesionales del mismo ciclo formativo que les resten para cursar, debe hacerse de acuerdo con lo que se establece en el punto 7 y siguientes de estas instrucciones.
6. Los alumnos que en el curso 2022-2023 no han superado el 40 % de las horas de los módulos del ciclo formativo en que estaban matriculados en modalidad virtual, no tienen prioridad de elección y deben seguir el procedimiento establecido en el punto 5 y siguientes de estas instrucciones para solicitar la admisión al curso 2023-2024.
7. A los efectos de estas instrucciones, un módulo formativo se considera superado si tiene una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10.
Documentación a presentar
Plazo máximo
El plazo para tramitar las solicitudes de admisión electrónica mediante el trámite telemático de admisión a ciclos formativos de formación profesional en modalidad virtual es del día 1 al día 15 de septiembre de 2023, ambos incluidos.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Oferta Formativa y Infraestructuras
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 2a planta).
Tel.: 971177772