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Instalaciones de alta tensión sin declaración de utilidad pública

Autorización administrativa previa, de construcción y de explotación de instalaciones de alta tensión que se tienen que integrar en la red de distribución o de transporte, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Inscripción en el Registro de instalaciones de alta tensión de demanda.

Autorización administrativa de infraestructuras eléctricas para puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Código SIA

208373

Personas destinatarias

Empresas, personas y administraciones.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para resolver en el caso de que la documentación sea correcta y completa es de un mes contador desde la fecha de presentación de la solicitud.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Autónomos y Energía

Trámites

X

1. Solicitud de autorización administrativa previa o de construcción de instalaciones eléctricas de alta tensión.

Requisitos

Autorización administrativa previa o de construcción de instalaciones de alta tensión que se tienen que integrar en la red de distribución o de transporte, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Inscripción en el Registro de instalaciones de alta tensión de demanda.

Autorización administrativa de infraestructuras eléctricas para puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Tasas

Tasa . Instalaciones no liberalizadas: líneas de media y alta tensión; centrales, subestaciones y estaciones transformadoras; almacenamiento, transporte y distribución por canalización de combustibles, y otros.

- Hasta 12.000,00 euros de presupuesto de ejecución: 81.25 €

- De 12.000,01 euros a 150.000 euros de presupuesto de ejecución, por cada 6.000,00 euros o fracción: 14.588112 €

- El resto, por cada 6.000,00 euros o fracción: 9.73619 €

* Bonificable por inicio de actividad empresarial o profesional (sin tasa) - Se realiza durante el trámite telemático

Documentación a presentar

En caso de instalación que pertenece a una empresa distribuidora o transportista:

1. Solicitud de autorización (se realiza durante el trámite).

2. Pago de la tasa (se realiza durante el trámite).

3. En el caso de tramitar únicamente la autorización administrativa previa, se tiene que presentar un anteproyecto de la instalación, que tiene que ir acompañado del documento ambiental correspondiente en caso de que esté sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El contenido del anteproyecto está regulado en el artículo 123 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (ITC -LATO 09), y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (ITC -RAT 20).

4. En el supuesto de que se tramiten simultáneamente la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, se tiene que presentar un proyecto detallado de la instalación, que tiene que ir acompañado del documento ambiental correspondiente en caso de que esté sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El contenido del proyecto está regulado en el artículo 123 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (ITC -LATO 09), y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (ITC -RAT 20).

5. Otros informes y/o autorizaciones que sean necesarios vinculados a la tramitación del expediente.


En caso de instalación que no pertenece a una empresa distribuidora o transportista y que se tenga que ceder a una empresa distribuidora o transportista:


1. Solicitud de autorización (se realiza durante el trámite).

2. Pago de la tasa (se realiza durante el trámite).

3. En el caso de tramitar únicamente la autorización administrativa previa, se tiene que presentar un anteproyecto de la instalación, que tiene que ir acompañado del documento ambiental correspondiente en caso de que esté sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El contenido del anteproyecto está regulado en el artículo 123 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (ITC -LATO 09), y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (ITC -RAT 20).

4. En el supuesto de que se tramiten simultáneamente la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, se tiene que presentar un proyecto detallado de la instalación, que tiene que ir acompañado del documento ambiental correspondiente en caso de que esté sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

5. Otros informes y/o autorizaciones que sean necesarios vinculados a la tramitación del expediente.


En caso de instalación que no pertenece a una empresa distribuidora o transportista y que no se tenga que ceder a una empresa distribuidora o transportista:


1. Solicitud de autorización (se realiza durante el trámite).

2. Pago de la tasa (se realiza durante el trámite).

3. Proyecto detallado de la instalación, que tiene que ir acompañado del documento ambiental correspondiente en caso de que esté sometida al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El contenido del proyecto está regulado en el artículo 123 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (ITC -LATO 09), y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (ITC -RAT 20).

4. Otros informes y/o autorizaciones que sean necesarios vinculados a la tramitación del expediente.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver este procedimiento es de un mes contador desde la fecha de presentación de la solicitud, siempre que la documentación presentada sea correcta y completa.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

X

2. Cambio de titular de instalaciones de terceros a empresas distribuidoras.

Requisitos

Los establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, para las instalaciones cedidas por terceros a las empresas distribuidoras.

Documentación a presentar

Contrato de cesión de instalación

Recepción técnica

Plazo máximo

Procedimiento de respuesta inmediata.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

X

3. Solicitud de autorización de explotación de instalaciones eléctricas de alta tensión.

Requisitos

Una vez otorgada la resolución de autorización administrativa y ejecutadas las instalaciones, el titular tiene que solicitar las autorizaciones de explotación siguientes, según el caso.

Autorización administrativa de explotación de instalaciones de alta tensión que se tienen que integrar en la red de distribución o de transporte, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Autorización administrativa de explotación de instalaciones de alta tensión de demanda.

Autorización administrativa de explotación de infraestructuras eléctricas para puntos de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a 3.000 kW, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Documentación a presentar

En caso de instalación que pertenece a una empresa distribuidora o transportista:

1. Solicitud de puesta en funcionamiento (se realiza durante el trámite).

2. Certificado de final de obra (CFO) firmado pelo director de obra, de acuerdo con el modelo publicado en el Decreto 36/2003.

3. Certificado de instalación (boletín) firmado y sellado por el instalador de alta tensión.

4. Copia de las declaraciones de conformidad de los componentes que estén obligados según la ITC -RAT 03 o declaración responsable de disponer.


En caso de instalación que no pertenece a una empresa distribuidora o transportista y que no se tenga que ceder a una empresa distribuidora o transportista:


1.Solicitud de puesta en funcionamiento (se realiza durante el trámite).

2.Certificado final de obra (CFO) firmado por el director de obra, de acuerdo con el modelo publicado en el Decreto 36/2003.

3.Certificado de instalación (boletín) firmado y sellado por el instalador de alta tensión.

4.Copia de las declaraciones de conformidad de los componentes que estén obligados según la ITC -RAT 03 o declaración responsable de la empresa distribuidora conforme dispone.

5.Contrato de mantenimiento de los equipos instalados.

6.En caso de que se trate de instalaciones con una tensión nominal superior a 30 kV, se tiene que presentar un certificado emitido por un organismo de control autorizado (GANSO).

Modelos:

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver, en caso de que la documentación sea correcta y completa, es de un mes contador desde la fecha de presentación de la solicitud.El plazo máximo para resolver en el caso de que la documentación sea correcta y completa es de un mes contador desde la fecha de presentación de la solicitud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

X

4. Enmienda y aportación de documentación a expedientes de alta tensión.

Requisitos

Válido únicamente para expedientes en trámite.

Tasas

Según presupuesto .

- Hasta 12.000,00€: 79,65 €

- Desde 12.000,01 a 150.000,00€, por cada 6.000,00€ o fracción (a añadir a la cantidad del apartado anterior):14,300724 €

- El resto, por cada 6.000,00€ o fracción: 9,544386€ - .

Documentación a presentar

Enmienda y aportación de documentación a expedientes de alta tensión, como por ejemplo:

Autorización administrativa previa, de construcción y de explotación de instalaciones de alta tensión que se tienen que integrar en la red de distribución o de transporte, sin reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública.

Inscripción en el Registro de instalaciones de alta tensión de demanda.

Autorització administrativa d'infraestructures elèctriques per a punts de recàrrega de vehicles elèctrics de potència superior a 3.000 kW, sense reconeixement, en concret, de la utilitat pública.

Modelos:

Plazo máximo

El plazo máximo para resolver en lo caso de que la documentación sea correcta y completa se de un mes desde la fecha de presentación de la sóleo citud. El plazo máximo para resolver en el caso de que la documentación sea correcta y completa es de un mes contador desde la fecha de presentación de la solicitud.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Transporte y Distribución de Energía y Generación Térmica

C/ del Calçat, 2A (Polígon Son Valentí). Tel.: 971177706

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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