Requisitos
Disponer de tarjeta sanitaria de la IBSALUT y estar de alta a la base de datos poblacional del Sistema Nacional de Salud como usuario habitual de las Baleares en el momento de hacer la adquisición de medicamentos y/o productos sanitarios objeto de la solicitud de reintegro.
Los medicamentos y/o productos sanitarios tienen que estar incluidos a la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.
La prescripción médica o indicación de infermaria lo tiene que haber hecho un profesional adscrito al sistema nacional de salud.
Documentación a presentar
Factura de la oficina de farmacia o el justificante de pago con el detalle de los productos adquiridos.
Comprobando de la prescripción (receta, informe médico...), excepto si esta ha sido realizada mediante receta electrónica del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
Modelos:
Plazo máximo
No hay plazo
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Subdirección de Farmacia
Contacto
Servicio o Sección responsable
Subdirección de Farmacia
C/ de la Reina Esclarmunda, 9.
Tel.: 971175600