Requisitos
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta convocatoria las asociaciones o los centros sociales legalmente reconocidos, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia en el territorio donde se encuentren asentados y constituidos como comunidades baleares en el exterior, que cumplan los requisitos establece el apartado 4.2 de la convocatoria
Documentación a presentar
Todas las entidades solicitantes tienen que presentar la solicitud firmada por la persona que tenga la representación legal, según el modelo normalizado.
Además, se tiene que presentar la documentación siguiente:
1. Documentación referida a la entidad
a) Estatutos de la entidad actualizados.
b) Documentación acreditativa de la representación legal de la entidad.
c) Número de identificación fiscal de la entidad.
d) Declaración responsable relativa a la veracidad de los datos bancarios (la titularidad tiene que ser de la entidad solicitante).
e) Declaración responsable que la entidad no está dada de alta ante la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En el supuesto de que esté o haya estado, presentación de los certificados administrativos correspondientes que está al corriente del pago de las obligaciones, solo si no autoriza a la Consellería de Presidencia, Cultura e Igualdad a comprobarlo.
f) Las declaraciones responsables siguientes, según los modelos incluidos a la solicitud.
— De cumplimiento de las obligaciones de la entidad.
— De no incurrir en ninguna causa de prohibición o de incompatibilidad para percibir la subvención.
— De todas las ayudas y las subvenciones relacionadas con la solicitud, procedentes de cualquier institución, pública o privada, nacional o extranjera, solicitadas por la entidad o que se le hayan concedido.
2. Proyecto para el cual se solicita la subvención
a) Memoria descriptiva de las actividades o de la inversión para las cuales se pide la ayuda.
b) Presupuesto del gasto.
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Las solicitudes de las ayudas se pueden presentar en cualquier momento a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta el 16 de noviembre de 2020.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento
Passeig de Sagrera, 2.
Tel.: 971177002
(balearsexterior@dgri.caib.es)