Expedición del título y tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo
La Dirección General de Puertos y Aeropuertos expide el título y la tarjeta que lo acredita a las personas que han superado o completado el examen teórico y a las que han efectuado las prácticas correspondientes o, si es el caso, a las que han superado el examen práctico.
Se puede solicitar la expedición del título y tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo por los siguientes motivos:
· Por haber aprobado los exámenes correspondientes
· Por convalidación de título profesional o de esparcimiento
· Por pérdida o deterioro del título o tarjeta
· Por cambio del título de 1. Y vela
· Por renovación de la tarjeta
Enlaces para el pago de la tasa en ATIB:
· Renovación de la tarjeta de identidad náutica recreativa: TASA.
· Expedición título y tarjeta de capitan de yate: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón de yate: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón de embarcaciones de recreo: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón para navegación básica: TASA.
· Expedición título y tarjeta para la autorización para el manejo de motos acuáticas: TASA.
· Convalidación de titulación nacional: TASA.
· Expedición de duplicado o copia de documento: TASA.
Código SIA
207756
Personas destinatarias
Personas físicas
Plazo máximo para la resolución y notificación
-
Silencio administrativo
Según normativa aplicable
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
Documentos relacionados con el procedimiento
- Solicitud de expedición del título y tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo
- Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el cual se regulan las titulaciones nauticas para el gobierno de embarcaciones de recreo
- Información expedición y renovación títulos
- Declaración jurada perdida tarjeta
Trámites
Expedición del título y la tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo
Requisitos
Segons normativa vigent
Documentación a presentar
Modelos:
Plazo máximo
Segons normativa vigent
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971177300 - Fax: 971176596
(dgtam@caib.es)