Expedición del título y tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo
La Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo expide el título y la tarjeta que acredita a las personas que han superado o completado el examen teórico y a las que han efectuado las prácticas correspondientes o, si es el caso, a las que han superado el examen práctico.
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Los títulos emitidos no están sujetos a caducidad, sin perjuicicio de que las tarjetas acreditativas deban renovarse cada diez años o cada cinco a partir de los 70 años de edad.
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Se puede solicitar la expedición del título y tarjeta para el gobierno de embarcaciones de recreo por los siguientes motivos:
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· Por haber aprobado los exámenes correspondientes
· Por convalidación de título profesional, académico o de recreo
· Por pérdida, robo o deterioro de la tarjeta
· Por cambio de atribuciones
· Por cambio de datos personales
· Por renovación de la tarjeta
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Enlaces para el pago de la tasa en ATIB:
· Renovación de la tarjeta de identidad náutica recreativa: TASA.
(Solo se renovarán los títulos emitidos por la CAIB)
· Expedición título y tarjeta de capitan de yate: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón de yate: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón de embarcaciones de recreo: TASA.
· Expedición título y tarjeta de patrón para navegación básica: TASA.
· Expedición título y tarjeta para la autorización para el manejo de motos acuáticas: TASA.
· Convalidación de titulación nacional: TASA.
· Expedición de duplicado o copia de documento: TASA.
Codi SIA
207756
Persones destinatàries
Personas físicas
Termini per a resoldre i notificar
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Silenci administratiu
Según normativa aplicable
Forma d'inici
Instancia de parte
Fi de la via administrativa
No
Disponible per tramitar per persona apoderada
Si
Normativa del procediment
Òrgan competent per a resoldre
Dirección General de Puertos y Transporte marítimo