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Bolsa Única empleado/empleada de servicios

El objeto de este bases es regular la constitución y la actualización de la bolsa única de la categoría profesional de empleado/empleada de servicios del personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

Código SIA

3306893

Personas destinatarias

Personas físicas que cumplen los requisitos previstos en la convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Tres meses a partir del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo

No es de aplicación

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación solicitudes

Requisitos

11.1. Las persones aspirantes que se quieran inscribir a la bolsa única tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales y específicas que se exigen en este convocatoria antes de que finalice la fecha de corte correspondiente, excepto la capacidad funcional, que se tiene que acreditar en el momento de la firma del contrato. Los requisitos se tienen que mantener durante todo el proceso selectivo de cortes de las bolsas y de firma del contrato.

Documentación a presentar

12.1. Junto con la solicitud, los aspirantes no tienen que aportar ningún documento acreditativo de los requisitos, excepto que aleguen que el nivel de conocimientos de lengua catalana lo acreditan con un certificado de equivalencia no inscrito en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública; en este caso, se tendrá que adjuntar el documento electrónico del certificado o una copia simple en el correspondiente trámite telemático de solicitud.

12.2. En conformidad con lo que establece el artículo 69 in fine y el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en cualquier momento del procedimiento el EBAP puede comprobar de oficio los requisitos alegados en el trámite que consten en documentos emitidos por las administraciones públicas que figuran en la plataforma de intermediación de datos.

De acuerdo con esto, salvo que el aspirante manifieste expresamente la negativa, la EBAP verificará los requisitos de titulación académica; los certificados acreditativos de la condición legal de discapacidad; la condición de personal laboral fijo de la misma categoría y especialidad y los certificados de conocimientos de lengua catalana siguientes:

— Los certificados expedidos por el órgano competente de Gobierno de las Islas Baleares .

— Los certificados homologados que consten en la base de datos del órgano competente de las Illes Balears .

— Los certificados que consten inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública.

Excepcionalmente, si el EBAP no puede comprobar este documentos, puede requerir a la persona interesada que les aporte.

Plazo máximo

Doce meses

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177625 - Fax: 971176319

(acastell@ebap.caib.es)

X

Modificar datos personales y nuevos méritos

Requisitos

8.10. Las personas inscritas en las bolsas únicas pueden modificar sus datos personales, incluida la pérdida o la adquisición de la condición de discapacidad, en cualquier momento, mediante el trámite telemático habilitado a la Sede Electrónica y en el Portal del Opositor. Así mismo, tienen el deber de mantener actualizadas los datos de contacto.

8.11. Las personas ya inscritas o que ya hayan presentado la solicitud pueden alegar nuevos méritos mediante el trámite telemático habilitado sin necesidad de abonar la tasa correspondiente.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Doce meses

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177625 - Fax: 971176319

(acastell@ebap.caib.es)

X

Modificación isla y modalidad interinatge

Requisitos

9.1. En todo caso, a través del trámite telemático habilitado «Modificación de la solicitud», se puede modificar en cualquier momento la selección inicial de isla, excepto durante el tiempo en el cual haya un procedimiento de llamamiento en marcha.

9.2. Les persones aspirants que s'incorporin d'ofici a la borsa per haver participat en una convocatòria pública d'ingrés com a personal laboral fix en virtut del que estableix el punt 6 d'aquestes bases s'inscriuran d'ofici sols a l'illa on han participat i en totes les modalitats de contracte de duració determinada.

9.3. Las solicitudes de cambios de isla no tendrán efectos en cuanto a los llamamientos ya publicados.

9.4. Les persones inscrites d'ofici poden sol·licitar ser inscrites en altres illes mitjançant la tramitació d'una sol·licitud específica d'inscripció i al·legació de mèrits de conformitat amb la base 8 i el pagament de la taxa corresponent, si bé en aquest cas, sols tindrà efectes a partir de l'endemà que es publiquin les noves llistes definitives després del tall corresponent. En aquestes illes no tenen la preferència en la contractació a la qual es refereix el punt 10 d'aquestes bases.

9.5. Las persones aspirantes pueden modificar su situación de disponible o no disponible a través del trámite telemático habilitado , excepto cuando hay un llamamiento publicado.

Documentación a presentar

Plazo máximo

doce meses

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177625 - Fax: 971176319

(acastell@ebap.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Finalidad

Los datos serán tratados por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears con el fin de llevar a cabo la Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

— Consellería competente en materia de función pública — Boletín Oficial de las Illes Balears — Otros participantes en el procedimiento selectivo — Administración de justicia

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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