Ayudas para los titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en vehículos de taxi domiciliadas en el ámbito territorial de las Islas Baleares
Regular el otorgamiento de ayudas a las personas físicas o jurídicas titulares de autorizaciones ordinarias de transporte público de viajeros en vehículos de taxi domiciliadas en las Illes Balears, con la finalidad de paliar los efectos perjudiciales que el incremento de los costes de los productos petrolíferos, derivado de la guerra en Oriente Medio, provoca en el desarrollo de la actividad de transporte.
Código SIA
3267750
Personas destinatarias
Las personas físicas o jurídicas titulares, a fecha 1 de marzo de 2026, de una autorización ordinaria vigente de transporte público de viajeros en vehículos de taxi (VT) domiciliada en las Illes Balears, con vehículos adscritos a dicha autorización y domiciliados en las Illes Balears, siempre que cumplan el resto de requisitos establecidos en esta convocatoria.
Quedan excluidos del ámbito de estas ayudas los vehículos eléctricos de batería de cero emisiones (BEV), los vehículos eléctricos de pila de combustible (FCEV) y los vehículos de combustión de hidrógeno (HICEV).
Plazo máximo para la resolución y notificación
5 meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad