Requisitos
Los requisitos que deben acreditar las entidades solicitantes son los siguientes:
a) No estar sometidas a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarias de las ayudas establecidas en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
b) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social antes de dictar la propuesta de resolución.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
d) No haber sido sancionadas o condenadas en los tres últimos años por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme con pena accesoria de prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas por el periodo estipulado en el artículo 37 de la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI-fobia.
Documentación a presentar
Las organizaciones interesadas que soliciten la subvención han de presentar la siguiente documentación:
a) Solicitud específica de la convocatoria, según el modelo normalizado de la solicitud y declaración responsable (anexo 2).
b) Documento fehaciente que acredite la representación de la persona que actúa en nombre de la entidad solicitante. La representación puede acreditarse por cualquier forma válida en derecho. En el caso de representación mediante inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA) será suficiente el número de registro.
c) Copia del documento constitutivo de la entidad o de los estatutos sociales debidamente inscritos en el registro correspondiente, o certificado de inscripción registral de los documentos mencionados.
d) Justificación, mediante una declaración responsable, de que la entidad solicitante no dispone de recursos suficientes para financiar la ejecución de la actividad que se subvenciona, en el supuesto de que la entidad solicite el pago anticipado del 75 % del importe de la subvención.
e) Justificación, mediante una declaración responsable, de las circunstancias excepcionales que permiten efectuar el pago anticipado sin exigencia previa de ninguna garantía, en el supuesto de que así lo solicite la entidad interesada.
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971178900