Requisitos
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los deportistas que cumplan los siguientes requisitos, que deberán acreditarse en el momento de presentar la solicitud:
a) Todos los deportistas que obtengan una puntuación igual o superior a cinco (5) puntos, como resultado de aplicar los criterios y baremos del apartado 8. Esta puntuación se calcula sobre la base de un resultado deportivo conseguido durante el año 2025 o en algunos casos en los que un título conseguido durante los años 2023 y 2024 siga vigente.
b) Tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Illes Balears, desde, como mínimo, el 1 de enero de 2024 y mantenido hasta la fecha de solicitud.
c) Tener su domicilio fiscal en España.
d) Haber nacido antes del 1 de enero de 2012 (tener 14 años a 31 de diciembre de 2025).
e) No haber competido en 2025 representando a una comunidad autónoma distinta a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
f) No haber competido en 2025 representando a otro país que no sea España.
g) Haber competido en 2025 con una licencia expedida por una federación deportiva de las Illes Balears, o bien con una licencia federativa nacional en el caso de especialidades gestionadas por delegaciones deportivas de federaciones nacionales. Si el deportista no compitió en 2025 con licencia balear pero se ha formado deportivamente en las Islas Baleares, puede manifestar haber dispuesto de licencia en una federación de las Islas Baleares durante tres años consecutivos o cuatro alternos durante los años de formación (hasta los 18 años).
h) No tener vigente ninguna sanción firme grave o muy grave en materia deportiva, ninguna sanción firme por dopaje, ni ninguna sanción penal firme por delitos relacionados con el dopaje. En caso de que los expedientes sancionadores o los procedimientos judiciales estén todavía en tramitación o la resolución sancionadora o sentencia condenatoria no sea firme, el deportista puede presentar la solicitud de ayuda, pero la concesión, si procede, queda suspendida hasta que estos procedimientos se resuelvan definitivamente.
i) El resultado presentado debe corresponderse con una prueba de una de las modalidades o especialidades deportivas financiables en las convocatorias de subvenciones del Consejo Superior de Deportes (según Resolución del presidente del Consejo Superior de Deportes de 30 de enero de 2025). Se puede acceder al contenido de la resolución del CSD en https://www.csd.gob.es/sites/default/files/media/files/2025-03/CATALOGO%20modalidades%202025.pdf
Quedan excluidos de esta convocatoria los deportistas que se encuentren en alguno de los siguientes casos durante las competiciones disputadas en el año 2025:
· Ciclistas profesionales que tengan contrato con un equipo de la UCI World Team.
· Tenistas profesionales ATP que hayan disputado una fase final de un máster 250 o una competición de nivel superior.
· Tenistas profesionales WTA que hayan disputado una fase final de un torneo premium o una competición de nivel superior.
· Jugadores de golf profesionales del PGA Tour y del EuropeanTour.
· Competidores de moto GP.
· Competidores de fórmula 1.
· Competidores del World Rally Championship.
· Conductor profesional de competiciones "premium" o profesionales de Trot.
· Deportistas profesional de deportes de combate y fisioculturismo.
En aplicación del artículo 4 de la Ley 1/1992, de 8 de abril, de protección de los animales que viven en el entorno humano, no son objeto de esta convocatoria las competiciones de tiro a pichón y codorniz, a brazo o colombaire, a brazo mecánico o tubo, o jaula.
Quedan excluidos de la aplicación de esta convocatoria los deportistas con contrato profesional. Se entiende que tienen carácter profesional las competiciones que el Consejo Superior de Deportes haya calificado así, dada la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, estatal del deporte.
Documentación a presentar
El beneficiario de la ayuda es el encargado de realizar los trámites necesarios para presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, en el plazo establecido.
En caso de que aquél, con capacidad de obrar, no pueda efectuar la tramitación, puede actuar mediante representante, debiendo acreditar esta representación en el momento de presentar la solicitud.
Documentación a aportar:
a) Impreso de solicitud cumplimentado y firmado adecuadamente, en el que consten los datos del beneficiario. Podrá firmar el documento el deportista, o el representante legal del deportista, en su caso.
b) En caso de que presente la solicitud otra persona que no sea el beneficiario directo, autorización para presentar la solicitud en su sitio.
c) Fotocopia del documento oficial de identificación de la persona solicitante o de la persona representante, si procede.
d) Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El órgano instructor adjuntará de oficio este certificado.
e) Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social (para autorizar la consulta ver punto 5.6).
f) Certificado histórico de empadronamiento que demuestre que se cumple el requisito del apartado 2.1.b)
g) En caso de que el deportista haya sido lesionado durante las competiciones más importantes de 2025, debe presentarse un certificado médico de la lesión deportiva que acredite el tiempo de baja y relación de las competiciones que no se han podido hacer como consecuencia de la lesión.
h) Podrá presentarse un resultado deportivo obtenido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 (ambos incluidos), o bien un resultado todavía vigente de los años 2023 y 2024 de campeonatos que no se hayan celebrado durante el 2025. Con el resultado presentado deberá adjuntarse:
· Hoja de datos del resultado que se genera después de rellenar el formulario al que se puede acceder mediante el enlace:
https://bit.ly/esportistesib2026
· Clasificación final del resultado presentado o bien un certificado federativo del mismo. La clasificación o certificado debe incluir el nombre de la competición, la fecha y localidad, la lista o el número de participantes, y la posición obtenida. Además, en los resultados de competiciones internacionales debe aparecer la lista o número de países de los deportistas o equipos participantes.
· Si la posición en la clasificación final presentada no se corresponde con la posición que el deportista ha indicado al resultado, por el motivo que sea (año de nacimiento, categoría de edad, sexo, etc.), debe presentarse un certificado de la federación nacional o balear correspondiente indicando la posición real, la categoría y sexo a la que corresponde la posición real y el motivo de porqué no existe una posición real. Se incluye un modelo de ejemplo como Anexo 3.
· En el caso de un resultado de un Campeonato del Mundo o de un Campeonato de Europa se debe presentar un certificado de la federación nacional correspondiente, que indique que el deportista ha participado en el Mundial o en el Europeo representante en la Selección Española, o bien, en caso de no representar a la Selección, que ha conseguido el derecho de participar en el Mundial o en el (clasificación, marca mínima, etc.). Se incluye un modelo de ejemplo como Anexo 4.
· En el caso de un resultado internacional se debe presentar un certificado de la federación nacional o balear correspondiente, indicando que el campeonato cumple los requisitos de nivel exigidos, indicando también si la participación en el campeonato es exclusivamente open o no. Se incluye un modelo de ejemplo como Anexo 5.
i) Excepcionalmente se podrá presentar un resultado adicional, correspondiente a un campeonato de Europa, del Mundo o Juegos Olímpicos, que ya se hubiera presentado en cualquiera de las convocatorias anteriores de ayudas a deportistas de las Islas Baleares, y que, por circunstancias ajenas al deportista y por decisión de la federación internacional correspondiente, o del Comité Olímpico o Paralímpico previamente, se ha mejorado corresponda a las posiciones entre la primera a la octava. Sólo se podrá presentar este resultado en la primera convocatoria de ayudas publicada después de la fecha de confirmación de la modificación.
Declaraciones responsables incluidas en el formulario de solicitud.
IMPORTANTE: PRESENTAR LOS DOCUMENTOS DE SOLICITUD Y EL FORMULARIO DE RESULTADOS DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADOS Y FIRMADOS
Modelos:
Documentos relacionados con el trámite:
Plazo máximo
Se pueden presentar las solicitudes hasta el 13 de febrero de 2026.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Deportes
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
Tel.: 971176600