Requisitos
Se pueden beneficiar de las subvenciones las entidades de formación que soliciten actividad formativa, excepto los centros propios, siempre que:
1. Los centros donde impartirán la formación estén autorizados para impartir grados C de FP, ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears e inscritos en los correspondientes registros.
La autorización y la inscripción de los centros se hará de acuerdo con lo que establece la Resolución de fecha 2 de abril de 2024 de la directora de Servicio de Empleo de las Islas Baleares por la cual se aprueba el Protocolo relativo a la autorización de centros de formación para poder impartir formación profesional de grado C (certificados profesionales) y a la expedición de acreditaciones parciales de competencia, certificados de competencia y certificados profesionales. Todos los centros autorizados para impartir grados C también lo estarán para impartir los correspondientes grados B, los módulos profesionales y los FEMPO.
2. La autorización sea para cada grado C de FP, como mínimo, para el número de alumnos solicitados.
3. La fecha de autorización e inscripción sea anterior a la fecha de solicitud.
Hay que tener en cuenta que las resoluciones de autorización de centros tienen efectos desde la fecha de la resolución. Todas las ofertas formativas se tienen que impartir en los espacios autorizados de acuerdo con la normativa que se tiene que aplicar.
4. La entidad de formación acredite un mínimo de dos años de experiencia en la atención a personas con especiales dificultades formativas o de inserción laboral.
Este experiencia se acreditará mediante una declaración responsable, de acuerdo con el modelo establecido por el SOIB.
5. Todas las entidades y los centros autorizados para impartir ofertas de formación profesional:
- Tienen que disponer de una denominación específica indicativa de su carácter de centro oficial autorizado del Sistema de formación profesional, que tendrá que constar en toda la documentación: «xxxxx CENTRO FPSOIB».
- Tienen que mantener la autorización para cada grado C hasta la finalización de la formación.
- Tienen que asegurar el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad exigidas por la legislación vigente y promover la adecuación de las condiciones físicas y tecnológicas de los centros, así como la garantía de dotación de recursos materiales y de acceso a la formación adecuados a las personas con discapacidad, de forma que no se conviertan en factor de discriminación y garanticen una atención inclusiva y universalmente accesible.
- Tienen que comunicar previamente a la administración pública competente cualquier cambio de titularidad o de forma jurídica.
6. Además, los centros que soliciten impartir todos grados B/módulos profesionales que conforman un grado C, más el FEMPO correspondiente que den derecho a obtener títulos y carnés profesionales, tienen que estar homologados o autorizados por las administraciones competentes.
7. Las personas beneficiarias no pueden incurrir en ninguno de las circunstancias que prevén los artículos 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que impiden obtener la condición de persona beneficiaria, así como los artículos 10.1 y 2 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
8. Además, de acuerdo con el artículo 209.5 del Real Decreto 659/2023 no se podrán presentar a este convocatoria de subvenciones, las entidades de formación profesional que, teniendo adjudicada formación, hayan inejecutado en más de un 50% la formación concedida en cada una de las convocatorias siguientes (calculado dividiendo el importe inejecutado en relación con el importe concedido).
- SOIB Vulnerables CP y Competencias Clave 2022-2025, referida al primer periodo 2022-2024 (BOIB n.º 144, de 8 de noviembre de 2022).
- SOIB Vulnerables CP y Competencias Clave 2022-2025, referida al segundo periodo 2023-2025 (BOIB n.º 144, de 8 de noviembre de 2022).
Documentación a presentar
La solicitud de subvención se tiene que generar mediante la aplicación de gestión ESOIB.
Para poder acceder y hacer el trámite a través de la aplicación de gestión ESOIB, la entidad previamente tiene que haber solicitado el alta de las personas gestoras que tienen que poder acceder a este aplicación con un correo a seguimenteconomic@soib.es, aportando la documentación acreditativa de la entidad y de su representación. Este solicitud de alta se tiene que haber hecho con un mínimo de tres días hábiles anteriores a la finalización del periodo de solicitudes.
Las entidades que ya están dadas de alta en aplicación de gestión ESOIB no tienen que solicitar este alta ni tienen que aportar la documentación mencionada, salvo que la información que figura no esté actualizada. En este caso, se tienen que acreditar documentalmente los cambios (representante, nombramientos, estatutos, etc.) y hay que solicitar al SOIB que actualice los datos a través del correo mencionado.
Plazo máximo
Veinte días hábiles a contar desde la mañana siguiente que se publique la convocatoria en el BOIB
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servei de Gestió de Programes d'Ocupació 2
(seguimenteconomic@soib.es)
Observaciones
Un cop l’entitat disposa de l’alta en l’aplicació de gestió ESOIB, s’ha de generar el model de sol·licitud normalitzat i adjuntar la documentació que correspongui dins l’aplicació. Una vegada obtingut aquest model de sol·licitud normalitzat, s'ha de signar electrònicament i s'ha de presentar mitjançant la SEU ELECTRÒNICA del Govern, dins el termini de presentació de sol·licituds establert a l’apartat anterior, de conformitat amb l’article 16 de la Llei 39/2015. Fins que no es completi el tràmit de registre electrònic de la sol·licitud no es considera presentada vàlidament.