Requisitos
Personas ya inscritas en la bolsa única de CFT Agrícola
Documentación a presentar
Plazo máximo
Doce meses
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol).
Tel.: 971177625
- Fax: 971176319
(ebap@caib.es)
Observaciones
Cambio de isla y modalidad de interinidad:
1. En todo caso, a través del trámite telemático habilitado «Modificación de la solicitud», se puede modificar en cualquier momento la selección inicial de isla y la modalidad de interinidad, excepto durante el tiempo en los cuales haya un procedimiento de llamamiento en marcha.
2. Las persones aspirantes que se incorporen de oficio a la bolsa por haber participado en una convocatoria pública de ingreso como funcionarios de carrera en virtud del que establece el punto 6 de este bases se inscribirán de oficio solo en la isla donde han participado y en todas las modalidades de interinidad.
Estas personas pueden modificar en cualquier momento la inscripción inicial en relación con la modalidad de interinidad, mediante el trámite telemático correspondiendo sin perder la preferencia.
3. Las solicitudes de cambios de isla y de modalidad de interinidad no tendrán efectos en cuanto a los llamamientos ya publicados.
4. Las personas inscritas de oficio pueden modificar la isla mediante la tramitación de una solicitud específica de inscripción y alegación de méritos en conformidad con la base 8, si bien en este caso, el cambio de isla solo tendrá efectos a partir de a la mañana siguiente que se publiquen las nuevas listas definitivas después del corte correspondiente. En este islas no tienen la preferencia en el nombramiento a la cual se refiere el punto 10 de este bases.