Requisitos
Requisitos de los candidatos:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y Gobierno de las Islas Baleares y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, y previamente a la resolución de otorgamiento.
b) No haber sido sancionado/ada con sanción firme en materia turística por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local por ninguna infracción grave, en el plazo de los cinco años anteriores a la presentación de la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la presentación de la candidatura.
c) No haber sido sancionado/ada con sanción firme en materia de inspección de trabajo o de salud laboral por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local, por ninguna infracción grave, en el plazo de los cinco años anteriores a la a la presentación de la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la presentación de la candidatura.
d) La persona galardonada no tiene que haber sido condenada por sentencia firme por ningún hecho delictivo.
e) Los ganadores no pueden recibir premio por el mismo proyecto si este ya ha sido galardonado en anteriores ediciones de los premios de Turismo.
El cumplimiento de estos requisitos se acreditarán al formulario de solicitud, mediante las declaraciones responsables.
Se faculta a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears para hacer, en cualquier momento, de forma telemática o por otros medios, las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de las declaraciones responsables.
La inexactitud o la falsedad en las declaraciones responsables es causa de exclusión de la solicitud, y también causa de revocación, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir.
Documentación a presentar
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (arte. 6 de las bases de los Premios)
1- Solicitud normalizada con todos los campos debidamente rellenados (anexo 1 )
2- En caso de presentar candidatura al talento joven: Fotocopia del DNI del candidato, Curriculum vitae y carta de apoyo a la candidatura.
3- Adicionalmente se puede presentar otra documentación que se considere relevante.
Para la presentación de la documentación se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las candidaturas deben presentarse según el modelo normalizado que figura en el anexo de estas Bases. Las candidaturas que no presenten este modelo de solicitud serán excluidas.
2. Las candidaturas deben presentarse exclusivamente de manera telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del Gobierno de las Islas Baleares. No se consideran válidas las solicitudes telemáticas a través de otro medio electrónico que no sea el trámite específico mencionado.
3. Es obligatorio presentar con la solicitud (anexo 1) una biografía o una memoria explicativa de máximo 10 páginas, donde se haga constar claramente a qué categoría se opta y donde consten y se justifiquen los méritos por los cuales se considera la candidatura, merecedora de la distinción.
4. Si una candidatura no especifica la categoría a la que concurre, el Jurado podrá optar por incluirla en la que estime más oportuna sobre la base de los méritos aportados, o bien por excluirla, en caso de no reunir los requisitos necesarios para integrarla en alguna modalidad de las contempladas en esta resolución.
5. Si la candidatura se propone a título póstumo, se debe hacer constar esta circunstancia.
6. Las candidaturas de cada categoría se revisarán en primer lugar desde un punto de vista técnico y administrativo, para asegurar que cumplen con los requisitos mínimos de estas bases. Si la solicitud no reúne los requisitos, la AETIB antes de la reunión del jurado podrá requerir a la persona o institución solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, enmiende los errores o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, con la resolución previa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
7. El incumplimiento de los requisitos no enmendables y del plazo de presentación de las solicitudes comporta la inadmisibilidad de la solicitud.
Plazo máximo
El plazo máximo de presentación de candidaturas empieza a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB y finaliza el 5 de julio de 2025, incluido.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
C/ Rita Levi s/n (Parc Bit, edificio ATB).
Tel.: 971176699
(mpicornell@aetib.caib.es)