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Subvenciones para elaborar e implementar planes de igualdad y llevar a cabo acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para implementarlos

Ayudas destinadas a combatir la discriminación y las desigualdades dentro del mercado de trabajo, mediante la elaboración, renovación e implementación de planes de igualdad entre mujeres y hombres y la implementación de medidas de conciliación que excedan las legalmente previstas en la normativa vigente y convenios colectivos, y la realización de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento por la implementación de este planes.

Código SIA

3178507

Personas destinatarias

Para el programa 1: empresas, y cualequier otra entidad incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, que no estén obligadas a tener elaborado y registrado un plan de igualdad, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Para el programa 2: pueden ser beneficiarias las empresas y cualquier otra entidad incluida en el ámbito de aplicación del Real Decreto 901/2020, obligadas a tener elaborado y registrado un plan de igualdad de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007.

Para el programa 3: pueden ser beneficiarios todos los indicados en los programas 1 y 2.

Para el programa 4: organizaciones empresariales y sindicales inscritas en el Registro de Organizaciones Empresariales y Sindicales de las Illes Balears , siempre y cuando su ámbito territorial incluya la totalidad de los Illes Balears .

Los beneficiarios de las ayudas tienen que adoptar las medidas de difusión a que se refiere el apartado 4 del artículo 34 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, relativas al carácter público de la financiación de la actividad objeto de subvención y, en todo caso, se tiene que incorporar, de forma visible, el logotipo de la Consellería de Empresa, Trabajo y Energia, del Ministerio de Igualdad y del pacto de Estado contra la violencia de género en todo el material, ya sea impreso como digital, en los actos públicos, en los elementos de publicidad vertical, así como cualquier otro elemento de identificación o comunicación de la actividad objeto de subvención.

Además, tendrá que hacerse constar que el programa se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Seis meses

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

- Solo se puede presentar una solicitud por empresa o entidad y en este se tiene que indicar el programa o programas (son compatibles los programas 1 y 3 y los programas 2 y 3) que se quieran llevar a cabo. En caso de que una empresa o entidad presente más de una solicitud dentro del plazo de presentación de las solicitudes, se tiene que tener en cuenta la última solicitud presentada.

- El modelo de solicitud y declaración responsable que se tiene que presentar es la que figura en el anexo 2 de este convocatòrria y que se encuentra en la página web https://www.caib.es/seucaib/.

- Las solicitudes y la documentación relacionada con el trámite de las ayudas se tienen que presentar, bien de manera electrónica o bien de manera presencial en el caso de las personas físicas.

- Las solicitudes se tienen que presentar mediante los canales siguientes:

a) En cuanto a las personas jurídicas, de forma electrónica mediante el trámite telemático que estará disponible en el procedimiento "Subvenciones para la elaboración e implementación de planes de igualdad y la realización de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de este planes" publicado a la Sede Electrónica de este administración, al cual, en conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, se tendrá que adjuntar la "Solicitud y declaración responsable" del anexo 2, la cual también estará disponible a la Sede Electrónica de este Administración, firmada electrónicamente y el resto de documentación requerida.

No se tendrán por presentadas las solicitudes que se presenten por cualquier otra vvia telemática diferente de este trámite telemático.

En caso de presentarla de manera presencial, el órgano instructor tiene que advertir a la persona interesada que este presentación no es válida dado que tiene que hacer la solicitud electrónica. A estos efectos, se considera como fecha de presentación de la solicitud aquella en que se haya llevado a cabo la enmienda.

b) Respecto de las personas físicas, de manera presencial a las oficinas de registro de la Administración autonómica o en cualquier de los otros lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

- Cuando el solicitante sea una persona jurídica, tiene que efectuar la solicitud de las subvenciones por medio de su representado legal o voluntario debidamente acreditado.

- Si la solicitud no reúne los requisitos legales y los que exigen las bases reguladoras y este convocatoria, se tiene que requerir la persona interesada porque en el plazo de diez días enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, con la indicación que, si no lo hace, se considerará que ceja en su petición, con la resolución previa que se tiene que dictar en los términos que establece el artículo 21 de la Ley 39/2015 antes mencionada.

- Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes no se puede aumentar el importe solicitado para la ayuda. En caso de hacerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes, se tiene que tratar como una nueva solicitud a efectos de la orden de prelación para la resolución de los expedientes de acuerdo con el apartado doceavo.

Documentación a presentar

La que establece el dispositivo noveno de la convocatoria.

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de un mes contador a partir del día siguiente a la publicación de este convocatoria en el Butlleti Oficial de las Illes Balears . Por lo tanto , el plazo acaba el mismo día que se publique del mes siguiente. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente.

El plazo para presentar la solicitud finaliza el día 9 de junio de 2025.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Contacto

Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sferrer@dgtreslab.caib.es)

X

Presentación de documentación complementaria a la solicitud

Requisitos

Se puede presentar documentación de cualquier trámite siempre que se esté dentro del plazo de presentación establecido.

Documentación a presentar

Plazo máximo

El que establezca el trámite correspondiente.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sferrer@dgtreslab.caib.es)

X

Justificación

Requisitos

Los que se establecen al dispositivo decimosexto de la convocatoria.

Documentación a presentar

-

Plazo máximo

10 de noviembre de 2025

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

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Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sferrer@dgtreslab.caib.es)

X

Subsanación de documentación

Requisitos

Presentación de documentación requerida a instancia de la Administración

Documentación a presentar

Plazo máximo

El plazo estipulado por la Administración en el caso de que se haya requerido documentación.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

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Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sferrer@dgtreslab.caib.es)

X

Alegaciones a la propuesta de resolución provisional de concesión

Requisitos

Las propuestas de concesión, exclusión y denegación provisionales de las ayudas establecen un plazo máximo de diez días habilidosos contadores desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para presentar alegaciones. En caso contrario, se entenderá que los solicitantes están conformes con el contenido de las propuestas y estas se elevarán a definitivas y se entenderá que los solicitantes aceptan la subvención.

Estas propuestas no suponen en ningún caso la creación de un derecho a favor del beneficiario, mientras no se haya notificado la resolución de concesión.

En el supuesto en que se presenten alegaciones, una vez examinadas estas, se publicarán las propuestas definitivas y se entenderá que los solicitantes aceptan la subvención con todas sus condiciones si no presentan renuncia expresa.

Las propuestas definitivas no suponen en ningún caso la creación de un derecho a favor del beneficiario, mientras no se haya notificado la resolución de concesión.

Documentación a presentar

Plazo máximo

-

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

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Servicio o Sección responsable

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló). Tel.: 971178900

(sferrer@dgtreslab.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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