Requisitos
La titulació acadèmica exigida en la convocatòria para participar en cada bolsa específica que se possee o que se està en condicions de obtener en la fecha en que acabe el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de títulos universitarios, se ha de señalar la universidad de expedición. En los supuestos de grado más título habilitante, se ha de indicar la denominación de ambos.
b) El nivell de coneixements de llengua catalana exigit en la convocatòria per participar (C1) i el tipus de certificat que l'acredita dels següents:
̶ certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares
̶ certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública
̶ certificat equivalent segons l'Ordre del conseller d'Educació, Cultura i Universitats de 21 de febrer de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de març de 2013)
̶ certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares (se tiene que disponer de la correspondiente resolución de homologación del certificado)
̶ certificado que acredita que se han superado las pruebas de evaluación del nivel de conocimientos de lengua catalana correspondiente hechos por el Consejo de Mallorca como consecuencia de las convocatorias llevadas a cabo por los decretos de la Presidencia de 3 de junio y de 29 de septiembre de 2004.
Documentación a presentar
̶ La inscripción en linea del modelo oficial
̶ La declaración responsable relativa al cumplimiento de todas y cada una de las condiciones exigidas
̶ La autobaremació
Modelos:
Plazo máximo
El plazo para presentar solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
Contacto
Servicio o Sección responsable
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
C/ Rita Levi s/n (Parc Bit, edificio ATB).
Tel.: 971176699
(planificacion@aetib.caib.es)