Requisitos
El pago de la subvención únicamente se puede hacer efectivo una vez justificada la actividad que se subvenciona.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que se efectúen en los periodos siguientes:
- Proyectos de integración o reinserción social, de deporte adaptado: entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023.
Los justificantes tienen que corresponder a gastos de actividades llevadas a cabo en el mencionado periodo, efectivamente pagadas hasta la fecha tope para justificar, a nombre del perceptor de la subvención y con todas las operaciones contabilizadas.
11.3 Las subvenciones que concede la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes se tienen que justificar mediante la presentación de la cuenta justificativa, de acuerdo con el artículo 39 del Decreto legislativo 2/2005.
Documentación a presentar
La cuenta justificativa que presente la entidad beneficiaria tiene que incluir los documentos siguientes:
a) Justificantes económicos del gasto efectuado, que tienen que consistir en las copias digitalizadas de las facturas y de los documentos acreditativos de los pagos correspondientes al importe de la totalidad de los gastos efectuados para la realización de la actividad subvencionada.
En la justificación se tiene que indicar claramente a qué actividad de las previstas al plan de actuación presentado corresponden los justificantes aportados, así como a qué conceptos del presupuesto previsto se refieren, llenando la casilla correspondiente de la cuenta justificativa.
Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, habrá que indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una.
b) Memoria de la actuación, descriptiva del proyecto realizado, de acuerdo con el modelo de cuenta justificativa.
c) Sólo en el caso de proyectos de inclusión o reinserción social, deporte adaptado también se tendrá que entregar la siguiente documentación:
1. Copia digitalizada del diario de todas las sesiones y actividades realizadas, donde se tendrá que indicar para cada sesión la siguiente información:
- Día y hora de la actividad.
- Instalación y localidad.
- Nombre de los trabajadores que han participado.
- Control de asistencia de los participantes al proyecto.
- Contenidos de la sesión y/o resumen de la actividad.
2. Copia digitalizada de la hoja de registro horario de los trabajadores o monitores de la actividad, correspondiendo a todas las jornadas del proyecto. Si el trabajador realiza esta actividad como parte de su jornada laboral, indicar a la hoja de registro horario las horas que corresponden al proyecto.
Modelos:
Plazo máximo
El plazo máximo para justificar es hasta el día 5 de diciembre de 2023 incluido.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Turismo, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Administración Deportiva
C. de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears).
(aamengual@esports.caib.es)
Observaciones
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.