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Convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad farmacia para la isla de Mallorca

El objeto de la convocatoria es la provisión de 1 plaza del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad farmacia para la isla de Mallorca

Código SIA

2896985

Personas destinatarias

Personas físicas que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El proceso selectivo objeto de esta convocatoria debe finalizar antes del 31 de diciembre del 2024.

Silencio administrativo

Según normativa aplicable

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Presentación de solicitudes

Requisitos

Para tener la condición de aspirante y ser admitido a este proceso selectivo, las personas interesadas deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante el proceso selectivo, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público según el artículo 57 del TREBEP.

b) Tener dieciséis años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación académica que se indica en el Anexo 4 por cada uno de los cuerpos, escalas y especialidades convocadas.

En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, será necesario disponer de la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, debe disponerse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988 , el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y desarrollo.

d) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separadas, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público .

f) No tener la condición de personal funcionario de carrera en el mismo cuerpo, escala o especialidad de la administración de la CAIB y al que se opta.

g) Disponer de los conocimientos de la lengua catalana correspondiente al certificado de nivel B2 (nivel avanzado)

Los certificados debe acreditarse mediante el certificado oficial correspondiente de entre los siguientes:

- Certificado expedido por el órgano competente del Gobierno de las Islas Baleares (Dirección General de Política Lingüística).

- Certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

- Certificado homologado por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears, de acuerdo con la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014.

- Certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).

Si la persona interesada alega el requisito de conocimientos de lengua catalana mediante títulos, diplomas y certificados que requieran la homologación, el requisito se entiende cumplido a pesar de la homologación se obtenga con posterioridad a la finalización del período de presentación de sol solicitudes, siempre que el requisito se haya alegado y los conocimientos que se homologuen se hayan adquirido con carácter previo a la finalización de este plazo. En cualquier caso, la homologación deberá aportarse con carácter previo al nombramiento.

También se entiende acreditado el requisito o mérito según proceda, si las personas aspirantes constan en la lista provisional de aprobados de las últimas pruebas de lengua catalana, alegando que cuentan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva todavía que sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.

h) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal de acuerdo con lo que prevé el artículo 59 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

El importe de la tasa es de 28,89 (cuantía actualizada para el año 2022 por Ley de Presupuestos vigente).

i) Firmar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos de participación y a los méritos alegados (hoja de autobaremación), que figura en el trámite telemático de inscripción en este proceso selectivo.

Se entiende que la declaración responsable está firmada cuando se presente y finalice el proceso de inscripción.

Documentación a presentar

Plazo máximo

Veinte días hábiles.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

X

Listas provisionales de personas admitidas y excluidas y plazo de alegaciones.

Requisitos

Los mismos de la convocatoria.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Siete días hábiles.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

X

Subsanaciones de las listas provisionales de méritos alegados

Requisitos

Los mismos de la convocatoria.

Documentación a presentar

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

Los aspirantes disponen de un plazo de siete días hábiles desde la publicación de la lista provisional de méritos alegados para enmendar los errores de hecho, materiales o aritméticos que hayan podido cometer en las alegaciones de los méritos (hoja de autobaremación), como consecuencia de haber situado de manera incorrecta un mérito en el apartado de otro mérito, o de haber calculado erróneamente las unidades de los méritos alegados.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

X

Alegaciones a la lista provisional de personas que han superado el ejercicio del 23/03/2024 y revisión de examen

Requisitos

Personas aspirantes que se presentaron al ejercicio del 23/03/2024

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

7 días hábiles(del 02/04/2024 al 10/04/2024)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

En fecha 26 de marzo de 2024, se hacen públicas las listas provisionales de personas aspirantes que han superado el ejercicio del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir plazas de personal funcionario de los cuerpos facultativos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Las personas interesadas disponen de un plazo de siete días hábiles desde el día siguiente de esta publicación para efectuar una reclamación o solicitar la revisión del ejercicio.

En un próximo comunicado se hará pública la fecha de revisión, en función del número de solicitudes presentadas.

Pueden consultar las listes mencionadas en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es), accediendo al cuerpo correspondiente, y en la sede electrónica www.caib.es.

X

Contestación al requerimiento de acreditación de méritos alegados

Requisitos

Las personas aspirantes que figuran en el anexo 4 de la resolución y no tengan los méritos inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

10 días hábiles (de 29 de mayo a 11 de junio de 2024)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Selección y Provisión

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

En fecha 28 de mayo de 2024, se hace pública la Resolución de la consejera Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban la lista definitiva de méritos alegados, la lista de aprobados de la fase de oposición, la lista informativa de orden de aspirantes y lista de personas requeridas a presentar documentación del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de los subgrupos A1, A2, C1 y grupo AP de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Pueden consultar la lista definitiva de méritos alegados y la lista de aprobados de la fase de oposición mencionadas de los subgrupos A1, A2, C1 y grupo de AP en la página web Portal del Opositor (http://oposiciones .caib.es) accediendo al cuerpo correspondiente.

Los Tribunales de los subgrupos A1, A2, C1 y grupo de AP han resuelto las alegaciones y reclamaciones presentadas por los aspirantes en las listas provisionales de puntuaciones en tiempo y forma. Puede consultar las diligencias de respuesta a las alegaciones presentadas en el comunicado publicado en el Portal del Opositor.

Dentro de la Resolución arriba mencionada, puede consultar la lista informativa de orden de aspirantes y la lista de personas requeridas.

Las personas aspirantes que figuran en el anexo 4 disponen de un plazo de diez días hábiles para acreditar los méritos alegados en la declaración responsable (desde el día 29 de mayo hasta el día 11 de junio).

De acuerdo con el punto 13.2.4. de las bases de la convocatoria (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), la acreditación de los méritos debe realizarse según lo establecido en la base 13.4 y en el anexo 4 de méritos de las bases mencionadas .

Por un lado, el punto 13.4. de las bases de la convocatoria establece que los méritos de los aspirantes deben haberse alcanzado en la fecha en que termina el plazo para presentar solicitudes. Los méritos alegados por el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que consten en su expediente personal se incorporarán de oficio por la Administración, sin que sea necesario acreditarlos.

Por otra parte, el punto 13.4. de las bases de la convocatoria establece que los candidatos deben acreditar el cumplimiento de los méritos alegados que no son susceptibles de inscripción en el expediente personal o que no son susceptibles de comprobación por parte de la Administración mediante plataformas de intermediación de datos con documentos originales o copias de los certificados o títulos correspondientes, o no consten en poder de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) o de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB). A los anteriores efectos, la EBAP mediante la Plataforma de Intermediación de Datos únicamente puede comprobar las titulaciones académicas. Las personas interesadas también pueden adjuntar la documentación que consideren pertinente para completar o aclarar los certificados o títulos que figuran en el expediente personal o que han acreditado, cuando corresponda, y que pueden plantear dudas a los tribunales sobre la procedencia de valorarlos.

La acreditación de los méritos se realizará, en su caso, mediante la presentación de un escrito en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el Registro General de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la conselleria competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

X

Contestación al requerimiento para enmendar los defectos que presenta la documentación acreditativa de los méritos presentada

Requisitos

Personas interesadas consultando el portal del opositor mediante la Consulta Personal

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

10 días habilidosos(hasta 20/08/2024)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

Pueden consultar las relaciones de personas que tienen que acreditar méritos con defectos formales en el Portal del opositor (http://oposicions.caib.es) mediante la Consulta Personal.

Se advierte que si la persona interesada no atiende este requerimiento en el plazo indicado se considerará que desiste al trámite.

Pueden presentar las aclaraciones o documentación que consideren en la sede electrónica, en el registro general de la Escuela Balear de Administración Pública o en cualquier de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, mediante un escrito dirigido al tribunal.

X

Alegaciones a la lista provisional de méritos

Requisitos

Las personas incluidas en la lista

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

7 días hábiles (del 30 de septiembre al 8 de octubre)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

Concluido el procedimiento de revisión y baremación por el tribunal del subgrupo A1, se hacen públicas las listas provisionales con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes de los de los cuerpos facultativos superiores , salvo el CFS escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática, del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de los cuerpos facultativos de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Puede consultar la lista provisional de méritos en esta página web del Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) accediendo al cuerpo correspondiente ya la sede electrónica www.caib.es.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de siete días hábiles, a contar a partir del día siguiente de esta publicación (desde el día 30 de septiembre hasta el día 8 de octubre), para alegar las rectificaciones que consideren pertinentes sobre la valoración provisional de méritos del concurso. Dentro de este plazo, los interesados podrán solicitar ver el expediente de valoración. A tal fin, el EBAP comunicará en la página web http://oposicions.caib.es la fecha y hora en que las personas interesadas podrán tener vista del expediente.

Las personas aspirantes que tengan que subsanar o aclarar algún mérito pueden presentar la documentación en la sede electrónica www.caib.es, en el registro general de la Escuela Balear de Administración Pública o en cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, mediante escrito dirigido al tribunal.

Se advierte que las persones aspirantes incluidas en las listas provisionales de puntuaciones revisadas por el Tribunal mencionadas que dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor que serán debidamente constados y, si es el caso, estimados por la Administración en resolución motivada, no presentaron la documentación, se declaran desistidas en su derecho al trámite.

X

Contestación al requerimiento de elección de puestos

Requisitos

Personas que han superado el proceso

Documentación a presentar

Modelos:

Plazo máximo

7 días hábiles (del 9 al 17 de diciembre de 2024)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

Si no se presenta la documentación en el plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, en caso de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera, y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

X

Alegaciones a la lista provisional de méritos

Requisitos

Personas incluidas en la lista provisional de méritos

Documentación a presentar

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

4 días hábiles (del 17 al 20 de diciembre)

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Selección y Provisión

C/ Gremi de Corredors, 10, 3r (polígon de Son Rossinyol). Tel.: 971177624 - Fax: 971177620

(oposicions@caib.es)

Observaciones

De acuerdo con lo que establece la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre):

« 21. Publicación de la composición de las bolsas preferentes de personal interino

21.1. Las personas que hayan participado en este procedimiento selectivo y que no lo hayan superado deben incluirse en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se integrarán los candidatos que hayan participado en el proceso selectivo correspondiente y no lo hayan superado, pero sí hayan obtenido la puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición.

21.2. A efectos anteriores, los tribunales revisarán y baremarán, exclusivamente, los méritos relativos a experiencia profesional prestada y reconocida como personal funcionario en el mismo cuerpo, escala o especialidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los conocimientos de lengua catalana, que hayan sido declarados por los aspirantes en sus solicitudes,según la puntuación que le concede el anexo 4...».

Mediante Acuerdo de fecha 13 de desembre de 2024 del Tribunal del subgrupo A1 del proceso excepcional de estabilización por concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, una vez concluido el procedimiento de revisión y baremación, se aprueba la lista provisional con las puntuaciones de los méritos referidos en la base 21.2. que han obtenido las personas aspirantes del cuerpo facultativo superior, escala sanitària, especialidad Farmàcia, para la isla de Mallorca a efectos de constituir la bolsa preferente de personal funcionario interino.

Pueden consultar la lista provisional de méritos revisados mencionada en la Sede Electrónica.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de cuatro días hábiles, a contar a partir del día siguiente de esta publicación (desde el día 17 hasta el día 20 de diciembre), para alegar las rectificaciones que consideren pertinentes sobre la valoración provisional de méritos del concurso. Dentro de este plazo, los interesados podrán solicitar ver el expediente de valoración si lo indican expresamente en el escrito de alegaciones. A tal fin, el EBAP, en su caso, comunicará en la página web http://oposicions.caib.es la fecha y hora en que las personas aspirantes interesadas podrán tener vista del expediente.

La revisión de los méritos, para las personas aspirantes que la hayan solicitado dentro de plazo, se realizará el día 20 de diciembre, a las 09.30 horas, en la sede de la EBAP en Palma (C/Gremio de Corredores, 10, 3º, Polígono de Son Rossinyol).

Las personas aspirantes que tengan que subsanar o aclarar algún mérito pueden presentar la documentación en la sede electrónica de la CAIB, en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro, o en cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dirigido al tribunal.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)

Finalidad

Los datos serán tratados con el fin de llevar a cabo este proceso selectivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la posterior adjudicación a las personas seleccionadas.

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

- Tribunal calificador del proceso - Consejería competente en materia de función pública - Boletín Oficial de las Islas Baleares - Otros participantes en el procedimiento selectivo - Administración de justicia

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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