Requisits
La prestación de la renta de la Red de Emancipación se puede solicitar tres meses antes de cumplir los 18 años y antes de cumplir los 25.
· Para ser beneficiario de la RENTA de PROTECCIÓN es necesario cumplir con los siguientes requisitos que se contemplan en la Ley 04/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
1. Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 25.
2. Estar bajo guarda o tutela administrativa de cualquier de las entidades públicas de protección de menores de las Illes Balears en el momento de cumplir 18 años.
3. Haber sido, como mínimo y sin necesidad que sean consecutivos, doce meses entre los 16 y 18 años bajo una medida de guarda o tutela de cualquier de las entidades públicas de protección de menores de las Illes Balears . Excepcionalmente, el periodo mínimo de doce meses mencionado no es de aplicación a las personas menores de edad sometidas a una medida administrativa de protección que vuelven a su ámbito familiar cuando este retorno resulta infructuoso, así como a las personas menores de edad sometidas por primera vez a guarda o tutela administrativa después de haber cumplidos 17 años.
4. Acreditar que vive de manera autónoma. No puede haber convivencia con los familiares que generaron la medida administrativa.
5. Que tengan resolución denegatoria, expresa o presunta, del ingreso mínimo vital, excepto en los casos en que no lo puedan solicitar por no cumplir los requisitos de acceso exigibles de acuerdo con la normativa vigente reguladora del mencionado ingreso mínimo vital.
6.Tener unos ingresos inferiores al de la Renta Social Garantizada para un adulto solo en el momento de la solicitud de la prestación.
7. En el supuesto de que la persona interesada no tenga una actividad laboral remunerada y no curse estudios académicos, tiene que estar inscrita como demandante de trabajo a Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB). Ese requisito será exceptuado en los casos en que la situación administrativa del solicitante no le permita estar inscrito a lo SOIB.
8. Tener la residencia en la comunidad autónoma de las Illes Balears .
9. En los casos en que la persona demandante presente problemas de adicciones, será requisito, presentar Informe Técnico Favorable relativo a la percepción de la prestación en el proceso de autonomía personal.
10. No estar cumpliendo una medida o una pena privativa de libertad, tanto si es de carácter preventivo como sí está en ejecución de una sentencia firme.
11. No tener su capacidad de obrar limitada al manejo de dinero por sentencia judicial.
· Para ser beneficiario de la RENTA de JUSTICIA es necesario cumplir con los siguientes requisitos que se contemplan en el decreto 40/2017, de 25 de agosto, sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos a medidas de justicia juvenil:
1. Haber cumplido 18 años y no haber cumplido 25.
2. Haber sido sometido al cumplimiento de alguna de las medidas judiciales que detalla el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
3. En el supuesto de que la persona interesada no tenga una ocupación o no curse estudios académicos, estar inscrita como demandante de trabajo a Servicio de Empleo de las Islas Baleares (SOIB).
4. Expresar la voluntad de iniciar un proceso de autonomía personal, que se tiene que acreditar con la participación en el programa de autonomía personal subscrito con la Dirección General de Menores y Familias y mostrando una evolución correcta durante un periodo de tres meses, como mínimo, prorrogable a tres meses más.
5. Vivir de manera autónoma, lo cual se tiene que acreditar mediante el certificado de empadronamiento correspondiente en que consten las personas con las cuales convive.
6. Tener unos ingresos inferiores al lo 80% del IPREM (indicador público de rentas de efectos múltiples) en el momento de solicitar la prestación.
7. Tener la residencia en la comunidad autónoma de las Illes Balears, lo cual se tiene que acreditar con el certificado de empadronamiento en un municipio de las Illes Balears .
8. No haber renunciado a una oferta de trabajo adecuada o no haber sido baja voluntaria de su trabajo en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de la renta de autonomía personal para jóvenes con medidas de justicia juvenil.
Documentació a presentar
- Solicitud de prestación de la renta firmado y rellenado
- DNI/NIE /Pasaporte en vigor.
- Certificado de convivencia de la persona solicitante. EXCEPTO LOS RESIDENTES En PALMA
- Tarjeta de demanda de ocupación del SOIB y/o en el caso de cursar estudios académicos,el certificado de matrícula.
- Certificado de duración de la medida administrativa de guarda o tutela de protección de menores (entre los 16 y 18 años).
- Declaración responsable de veracidad de datos bancarios aportados, con 18 años (Anexo 1).
- Fotocopia de la libreta bancaria o certificado de titularidad (la titularidad de la cuenta tiene que ser la persona beneficiaria de la prestación).
- Las personas jóvenes que provienen de justicia juvenil, tienen que presentar certificado del Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE ) de haber agotado o no tener derecho a la prestación para personas que han cumplido con medidas de justicia juvenil.
- Certificado de discapacidad, si procede.
- Resolución denegatoria, exprés o presunta, del Ingreso Mínimo Vital, excepto en los casos en que no puedan solicitarlo por no cumplir los requisitos de acceso exigibles de acuerdo con la normativa vigente reguladora de IM V.
- En el caso en que la persona demandando presente problemas de adicions, será requisito presentar informe técnico favorable relativo a la percepción de la prestación en el proceso de autonomía personal.
- caso tener cargas familiares, presentación del documento que lo acredite.
En aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas, se entiende otorgado el consentimiento para obtener datos de documentos elaborados por otras administraciones publicas que se puedan consultar mediante redes corporativas o sistemas electrónicos habilitados a este efectos y que sean necesarios para tramitar este solicitud.
Models:
Termini màxim
En cualquier momento.
Forma de presentació
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.
Òrgan competent per a la tramitació
Servicio de Familias
Contacte
Servei o Secció responsable
Servicio de Familias
C/ de Sant Joan de la Salle, 4 b.
Tel.: 971177155
- Fax: 971176384
(pap@dgmenors.caib.es)