SUBSTITUCIÓN DE UN VEHÍCULIO ADSCRITO A UNA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO DE MERCANCÍAS YA EXISTENTE.

Transporte de mercancías en vehículos de más de 3.500 kg de M.M.A.

En el caso de tramitación realizada por parte de una gestoría/representante, se deberá presentar el documento de poder o mandato de representación correspondiente.

La solicitud deberá tramitarse telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento.

REQUISITOS:

1. El vehículo ha de estar matriculado en España y se ha de disponer de él en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a) En el caso de que se disponga del vehículo/s mediante arrendamiento ordinario, se deberá aportar el contrato correspondiente con una empresa arrendadora.

b) Documento de ingreso de la tasa.

c) Tasa certificado. Sólo para vehículos con una M.M.A. superior a 6 toneladas y una capacidad de carga que exceda de 3,5 toneladas, incluidas las cabezas tractoras, para la emisión del certificado a presentar ante de la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación i/o transferencia (art. 106 Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social).