SOLICITUD DE EXPEDICIÓN TARJETA CAP

Según lo establecido en el artículo 5.1. de la Directiva (UE) 2022/2561 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera para el acceso a la cualificación inicial no requerirá la obtención previa del permiso de conducción correspondiente. Sin embargo, la misma norma en relación con la tarjeta de cualificación del conductor indica en su artículo 10.1 que cuando expidan la tarjeta, las autoridades competentes comprobarán la validez del permiso de conducción para la categoría de vehículo correspondiente.

Para tal hecho una vez aprobada la cualificación el inicial el conductor deberá de solicitar la expedición de la tarjeta CAP cuando tenga en vigor el permiso de conducción correspondiente. Para solicitarlo puede hacerlo presencialmente en la Dirección General de Movilidad, solicitando cita previa, o telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio. Deberá aportar el justificante de pago de la tasa y una copia del permiso de conducir en vigor.

En ambos casos una vez realizada la expedición de la tarjeta se recogerá físicamente en la Dirección General de Movilidad.

TASA:

ATIB - Tasa de solicitud de expedición de la tarjeta de cualificación del conductor

MITMA:

Sede electrónica del Ministerio