Beneficiarios: Ciudadanos nacionales de países de la Unión Europea, de países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, con residencia en las Illes Balears, así como ciudadanos extra-comunitarios, de cualquier nacionalidad, residentes en Formentera.
Cuantía de las bonificaciones:
a) Ciudadanos nacionales de países de la Unión Europea, de países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y de Suiza:
Bonificación estatal: 25 por 100.
Bonificación autonómica: 25 por 100
b) Ciudadanos de cualquier nacionalidad residentes en Formentera, en los trayectos entre Ibiza y Formentera:
Bonificación específica autonómica: 39%
Forma de acreditar la residencia:
a) Ciudadanos españoles: documento nacional de identidad en vigor. Los menores de catorce años que no dispongan de documento nacional de identidad, certificado del ayuntamiento de su residencia.
b) Ciudadanos extranjeros comunitarios: Certificado de registro expedido por el Registro Central de Extranjeros, en el que conste el lugar de residencia, acompañado del documento de identidad o pasaporte. Si no constara el lugar de residencia en estos documentos, certificado municipal de residencia.
c) Ciudadanos extra-comunitarios: certificado de residencia o tarjeta de residencia.
Los documentos originales anteriores deberán exhibirse en el momento de expedición de los billetes, junto con su fotocopia, que será entregada para su incorporación a la matriz del billete.
Los certificados de residencia tienen una validez de seis meses desde su expedición.