Orden 16/2025 relativa a la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consellería
Orden 16/2025, de 17 de junio, conjunta del consejero de Economía, Hacienda e innovación y del consejero de Educación y Universidades por la cual se modifica la Orden de consejero de Presidència de 2 de diciembre de 2002, dictada a propuesta del consejero de Hacienda y Presupuestos y del consejero de Educación y Cultura, de despliegue del Decreto 110/2002, de 2 de agosto, por el cual se regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consellería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears . BOIB , boletín oficial N.º 077 - 19 / junio / 2025
El pasado jueves 19 se publicó al BOIB N.º 77 la Orden 16/2025. Este norma introduce modificaciones importantes orientadas a agilizar las actuaciones y mejorar la autonomía de los centros. Las principales novedades son:
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Gastos menores de 5.000 € (sin impuesto) en servicios y suministros: solo hay que justificar el gasto con la factura.
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Contratos menores: se aplica la regulación de la legislación de contratos del Sector Público.
- 15.000 € para servicios y suministros.
- 40.000 € para contratos de obra.
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Contratos de obras y suministros: requerirán informe técnico favorable del servicio competente, según las instrucciones establecidas.
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Los gastos no requerirán la aprobación del Consejo Escolar.
Hasta que no se dicten las nuevas instrucciones del artículo 13 o se habilite la ventanilla única, las solicitudes de autorización se pueden presentar mediante el enlace habitual:
Los expedientes de gasto ya iniciados seguirán su tramitación habitual, sin necesidad de volver a presentar solicitud.