La RESOGA es una prestación subsidiaria del ingreso mínimo vital y del resto de prestaciones financiadas por la Administración General del Estado.
Esto implica que, para solicitarla, se tiene que haber solicitado con carácter previo el Ingreso mínimo vital (IMV), salvo los casos en que presenten una declaración responsable manifestando que no pueden pedir esta prestación por no cumplir los requisitos de acceso exigibles de acuerdo con la normativa vigente reguladora del ingreso mínimo vital.
Enlace en la página web del IMV que ofrece el Gobierno de España a través el Instituto Nacional de la Seguridad Social: clicar aquí
Igualmente, en el caso que tengan derecho, el solicitante y las personas integrantes de la unidad de convivencia deben sol·licitar los subsidios o prestaciones por desempleo, u otras prestaciones o pensiones públicas existentes.