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Última actualización: 20/05/2026

Medidas aplicables a los movimientos de animales

A partir de la declaración oficial de la presencia de la enfermedad en nuestra comunidad autónoma el 15 de septiembre de 2025 —mediante la Resolución del conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la que se declara la presencia del serotipo 3 del virus de la lengua azul en la isla de Mallorca y se adoptan medidas sanitarias de salvaguarda para evitar su propagación a todo el territorio de las Illes Balears—, se iniciaron diversas medidas sanitarias de emergencia.

Entre estas medidas destacan la vacunación obligatoria del ganado ovino y bovino, el refuerzo de la vigilancia en las explotaciones con especies sensibles y la implantación de un protocolo de movimientos que establece todos los requisitos aplicables a la entrada y salida de animales ovinos, bovinos y caprinos, tanto dentro del territorio de las Illes Balears como entre las islas y el resto del territorio español.

El protocolo de movimientos y el modelo de declaración responsable que debe acompañar los movimientos de animales para vida pueden consultarse a continuación:

Movimientos_pecuarios_LA_CAST_01062026.pdfMovimientos_pecuarios_LA_CAST_01062026.pdf

DECLARACIO_RESPONSABLE_CAST_01062026.pdfDECLARACIO_RESPONSABLE_CAST_01062026.pdf


Nota informativa: Movimientos de bovinos y ovinos procedentes de la Península con destino a las Illes Balears

NOTA_INFORMATIVA_MOVIMIENTOS_CAST.pdfNOTA_INFORMATIVA_MOVIMIENTOS_CAST.pdf