Declaración de Proyecto de Especial Interés Estratégico

La Ley 4/2026, de 11 de junio, permite a las administraciones públicas de las Illes Balears declarar sus inversiones en equipamientos e infraestructuras como Proyectos de Especial Interés Estratégico. Esta figura legal facilita la construcción, reforma, mejora o ampliación de obras de interés público mediante la agilización de la tramitación y la no vinculación al planeamiento territorial y urbanístico, en los términos establecidos en la misma.

La solicitud deberá presentarse ante la consejería competente por razón de la materia. Se pueden acoger a este régimen

  • Comunidad autónoma, para cualquier materia.

  • Consejos insulares, para cualquier materia.

  • Ayuntamiento de Palma e Ibiza, para cualquier materia, por la condición de capitalidad.

  • Resto de entidad locales, para actuaciones vinculadas a la eficiencia energética, al ciclo del agua o al tratamiento de residuos (como los puntos limpios o los parques verdes), oa asegurar la movilidad, accesibilidad, seguridad o funcionalidad urbana de los equipamientos públicos, promovida, desarrollada o financiada por esta entidad local o ente del sector público

  • Administración General del Estado: en caso de intereses concurrentes con la comunidad autónoma.

Más información