Informe de esfuerzo de integración para la residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo
¿Qué tipo de informe es?
Es un informe que emite la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo de la CAIB a solicitud de un ciudadano extranjero.
Este informe, si es favorable, certifica la participación en actividades formativas, el conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la comunidad autónoma en que se resida, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia, la igualdad entre mujeres y hombres y, en su caso, el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.
La finalidad de estas formaciones es garantizar a la persona extranjera el conocimiento de los valores y reglas de convivencia democrática, de sus derechos y deberes, de la estructura política, la cultura y los idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de las implicaciones de la diversidad cultural.
El informe de esfuerzo de integración se puede presentar en los casos en que la persona interesada quiera tramitar el arraigo social o el arraigo socioformativo ante la oficina de extranjería correspondiente.
¿Quién puede solicitar el informe?
Las personas que hayan participado de manera activa en actividades formativas dirigidas a la integración social de personas extranjeras. Tienen que haberse realizado cursos por un cómputo global de 40 horas, en cualquiera de las materias formativas especificadas a continuación:
- Conocimiento y respeto de los valores constitucionales del Estado Español.
- Conocimiento y respeto de los valores Estatutarios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Conocimiento y respeto de los valores de la Unión Europea.
- Conocimiento y respeto de los derechos Humanos, libertades Públicas, democracia y tolerancia.
- Conocimiento y respeto de la igualdad entre hombres y mujeres.
- Cursos de lengua castellana.
- Cursos de lengua catalana.
¿Qué documentación hay que presentar?
Es obligatoria la siguiente documentación:
- Título/Certificado de las actividades formativas de acuerdo con el contenido expuesto en el apartado anterior.
- Documento de identidad de la persona interesada.
Impreso de solicitud: Descargar aquí.
¿Dónde hay que presentar la documentación?
La documentación puede presentarse de dos formas:
En línea: Clicando aquí.
Mediante registro, conforme el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Listado de registros de la CAIB disponibles: clicar aquí.
Además, se puede presentar la documentación a través del registro de las Oficinas de atención al ciudadano de los ayuntamientos.
¿Hay que abonar una tasa?
No, es una gestión gratuita.
¿Cuánto tiempo se tarda en emitir el informe?
El plazo máximo para emitir un informe positivo o negativo y notificarlo es de un mes a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud.
Observaciones
Para más información, pueden dirigirse a las oficinas de información y asesoramiento en materia de extranjería, OFIM, puestas a disposición de la ciudadanía por parte de la Vicepresidencia segunda y Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local , mediante cita previa en el teléfono 971764588 o al WhatsApp 663925403.