Ayudas de promoción de la excelencia académica para estudiantes que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores durante el curso académico 2024-2025

La Consellería de Educación y Universidades ha publicado al BOIB n.º 127, de 8 de octubre de 2026, la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se convocan ayudas de promoción de la excelencia académica para estudiantes que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores durante el curso académico 2024-2025.

Consulta la convocatoria publicada en el BOIB.

OBJETO
Concesión de tres ayudas de excelencia académica para estudiantes de las Illes Balears que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en cualquier centro español durante el curso académico 2024-2025.

CRITERIOS GENERALES
Para este convocatoria se destina un importe máximo de 4.500,00 €.

La subvención consiste en una ayuda de 1.500,00 € por persona beneficiaria. Se pueden conceder hasta tres ayudas, en régimen de concurrencia competitiva.

Las ayudas se otorgarán a los tres solicitantes que obtengan más puntuación, calculada a partir de la nota mediana del expediente académico y la tasa de eficiencia. Para poder optar a la ayuda, es necesario acreditar una nota mediana igual o superior a 9,00 puntos sobre 10.

Este ayudas son incompatibles con las becas o las ayudas para la misma finalidad concedidos por cualquier administración o entidad pública o privada.

Personas beneficiarias

Pueden optar a las ayudas las personas que hayan finalizado los estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores a cualquier centro español durante el curso académico 2024-2025 y que cumplan los siguientes requisitos:
  • Tener la nacionalidad española, de un estado miembro de la Unión Europea o, en el caso de personas extranjeras no comunitarias, acreditar la condición de residentes. Quedan excluidas las personas en situación de estancia.
  • Tener el domicilio en las Illes Balears , acreditado mediante la vecindad administrativa en cualquier municipio de la comunidad autónoma.
  • Haber superado todos los créditos del plan de estudios y haber abonado, si procede, las tasas correspondientes para la expedición del título durante el curso 2024-2025.
  • Acreditar nota media del expediente académico igual o superior a 9,00 puntos.
  • No se puede conceder más de una ayuda por solicitante.

Exclusiones
Quedan excluidas de la convocatoria:

    • Las personas que hayan cursado enseñanzas universitarias de grado.
    • Las personas que hayan cursado estudios correspondientes a títulos propios de las universidades.
    • Las personas que hayan obtenido el título de enseñanzas artísticas superiores a partir de adaptaciones de títulos correspondientes a ordenaciones anteriores (LOGSE).
    • Las personas que hayan obtenido el título de enseñanzas artísticas superiores mediante el reconocimiento de créditos procedentes otros planes de estudios artísticos oficiales, otras titulaciones artísticas o de la experiencia laboral o profesional, siempre que el número de créditos reconocidos supere los 30 ECTS.
    • Las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, que impiden obtener la condición de beneficiarias de subvenciones.

SOLICITUD
Plazo de presentación de solicitudes: desde las 13.00 h del 13 de octubre hasta las 13.00 h del 26 de octubre de 2026 (hora peninsular española).

Forma de presentación: exclusivamente por vía electrónica, mediante el trámite telemático habilitado en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears .

Se puede acceder a la información de la convocatoria y al trámite telemático a través de la página web de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores:

Acceso a la información y al trámite telemático

Documentación que se tiene que adjuntar: está detallada en el apartado noveno del anexo 1 de la convocatoria. Incluye:

  • Impreso de solicitud rellenado y firmado, disponible al trámite telemático.
  • Documentación acreditativa de la identidad y, si procede, de la residencia para las personas extranjeras que no dispongan de DNI o NIE .
  • Certificado de empadronamiento, en caso de que no se autorice la consulta de los datos correspondientes.
  • Certificado del expediente académico completo, con todas las asignaturas cursadas, los créditos, las calificaciones y la nota mediana.
  • Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios, rellenada y firmada.
  • Acreditación de la representación legal, si la solicitud se presenta en nombre de otra persona.
  • Cualquier otra documentación que la Administración considere necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos.

Acceso al trámite telemático: se tiene que hacer mediante un sistema de identificación y firma electrónica admitido por la Sede Electrónica, como por ejemplo Cl@ve con capacidad de firma, eDNI o certificado digital.

CALENDARIO

Trámite Plazo
Presentación de solicitudes Del 13 de octubre de 2026, a las 13.00 h, hasta lo 26 de octubre de 2026, a las 13.00 h (hora peninsular)
Publicación del informe de enmienda de documentación Entre el 27 y el 29 de octubre de 2026
Presentación de enmiendas de documentación y alegaciones al informe Diez días hábiles contadores desde el día siguiente a la publicación del informe
Publicación de la propuesta de resolución Como máximo, el 18 de noviembre de 2026
Presentación de alegaciones a la propuesta de resolución Diez días naturales contadores desde el día siguiente a la publicación
Renuncia a la ayuda Siete días naturales contadores desde el día siguiente a la publicación de la propuesta de resolución
Publicación de la resolución de concesión o denegación Después de la revisión de las alegaciones. El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde el acabado del plazo de presentación de solicitudes

El informe de enmienda y la propuesta de resolución se publicarán en la página web de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores. La resolución definitiva se publicará al BOIB y en la misma página web.

Información y seguimiento de la convocatoria: https://eas.caib.es

Texto completo de la convocatoria: BOIB n.º 127, de 8 de octubre de 2026