AYUDAS A LA TRAMITACIÓN DE CERTIFICADOS De EFICIENCIA ENERGÉTICA

RECOMENDACIONES PREVIAS EN EL REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

La plataforma de registro de certificados de eficiencia energética, en la primera pantalla del trámite pide ¿Qué desea tramitar?

Es importante tener claro lo siguiente:

  • La opción Inscripción de un nuevo certificado de primera inscripción hace referencia como se indica, a los certificados que corresponden a una referencia catastral, que NO tiene ningún certificado registrado relacionado, es decir, se trata de los casos en los que el certificado que se quiere registrar, es el primer certificado del inmueble con la referencia catastral concreta.
  • La opción Renovación/actualización de un certificado existente hace referencia como se indica, a los certificados que corresponden a una referencia catastral, que SI tiene certificado/s registrado/s relacionado/s, es decir, se trata de los casos en los que el certificado que se desea registrar, no es el primer certificado del inmueble con la referencia catastral concreta.

Dicho esto, cobra relevancia conocer si para una referencia catastral concreta, existe o no registrado algún/os certificado, pues en caso de haber alguno, en el campo desplegable de la primera pantalla del trámite, que pregunta ¿Qué desea ¿tramitar?, se tendrá que elegir, si hay/n algún/s certificado registrados con esta referencia catastral, la opción Renovación/actualización de un certificado existente, y si no hay, la opción Inscripción de un nuevo certificado de primera inscripción.

Le aconsejamos que compruebe en la página de consulta pública de los certificados de eficiencia energética, a la que puede acceder haciendo clic aquí, introduciendo la referencia catastral, si realmente hay algún certificado registrado con la misma referencia catastral.

Para evitar errores a la hora de escribir la referencia catastral, recomendamos, realizar una búsqueda en la sede electrónica del catastro, a la que puede acceder haciendo clic aquí, y de esta manera, si le muestra la dirección correcta, significará que la referencia catastral introducida es correcta, y podrá utilizar el botón de copiar existente en esta página, para después pegarla en el campo de búsqueda de la página de consulta pública mencionada antes.

Procediendo, según lo explicado, debería poder registrarse el certificado. Indicar, que si se trata de una renovación/actualización, y el certificado registrado está registrado a nombre de un titular diferente al que consta en el registro, la plataforma de tramitación mostrará un mensaje, indicando que previamente al registro del certificado, se debe proceder a solicitar un cambio de titularidad del certificado en cuestión (para conocer el procedimiento de cambio de titularidad de certificados de eficiencia energética hacer clic aquí) el cual cuando sea efectivo permitirá el registro del certificado de actualización/renovación ya a nombre del nuevo titular.

El certificado de eficiencia energética que se anexa para su registro, debe estar firmado digitalmente por la persona técnica certificadora que lo emite. El hecho de firmar digitalmente el formulario del trámite telemático, no implica que se firme a la vez el documento del certificado de eficiencia energética anexado, ni sustituye la firma del mismo. Dado que el formulario puede rellenarlo una persona, diferente a la persona técnica certificadora, actuando como solicitante, evidencia de que se trata de dos firmas diferentes y por tanto las dos son necesarias.

Una vez se haya culminado el trámite de registro de un certificado de eficiencia energética, se podrá descargar un justificante de presentación en formato .pdf, que tiene el siguiente aspecto:


En este documento, aparece en la parte marcada en la imagen con un recuadro rojo, el número de GOIBE, que es el número de registro el cual tiene la estructura GOIBEXXXXXX/YYYY, en el que XXXXXX representa el propio número de registro de la documentación e YYYY el año en el que se ha presentado la documentación. Este número de GOIBE es importante para cualquier consulta relacionada con la solicitud de registro registrada.

PROBLEMAS PARA HACER EL REGISTRO DE CERTIFICADOS DE EFICENCIA ENERGÉTICA

La plataforma telemática de registro de certificados de eficiencia energética, puede mostrar errores/problemas de funcionamiento si:

PROBLEMA AL REGISTRAR UN NUEVO CERTIFICADO DE PRIMERA INSCRIPCIÓN, HABIENDO YA UN REGISTRADO CON LA MISMA REFERENCIA CATASTRAL

Si se intenta registrar un certificado escogiendo la opción Inscripción de un nuevo certificado de primera inscripción, habiendo ya certificados registrados vinculados a la misma referencia catastral. Para enmendar este error y poder culminar el registro, debe volver atrás a la primera pantalla y elegir en el campo ¿Qué desea tramitar? la opción Renovación/actualización de un certificado existente.

PROBLEMA AL REGISTRAR UN CERTIFICADO A NOMBRE DE UN TITULAR DISTINTO AL QUE CONSTA EN EL REGISTRO

Al tratar de registrar un certificado escogiendo la opción Renovación/actualización de un certificado existente, aparece el siguiente mensaje resaltado con un recuadro rojo:

Los certificados de eficiencia energética, a pesar de ser un documento correspondiente a un inmueble, pueden tener derechos asociados a personas tanto físicas como jurídicas, como son los casos de solicitudes de subvenciones en materia de eficiencia energética, desgravaciones de IRPF, etc. Por este motivo, cobra relevancia la figura del titular a cuyo nombre se registra un certificado de eficiencia energética, y por tanto es un dato trascendente a la hora de tramitar un certificado.

Este mensaje se muestra cuando el NIF/NIE/CIF del titular existente en la base de datos del registro oficial de certificados de eficiencia energética, no coincide con el indicado en el formulario. Se trata de una situación muy habitual, puesto que al ser los certificados de eficiencia energética, una obligación del propietario del inmueble y un requisito legal para ponerlo en el mercado de la venta o del alquiler, y para formalizar el operación de compraventa ante un Notario, al poco tiempo de haberse realizado el registro del certificado, en los casos de venta, cambia la propiedad del inmueble, pasando en estos casos, a no coincidir el titular que consta en la base de datos del registro con el nuevo propietario. Si durante la vigencia del certificado registrado, el nuevo titular no tiene necesidad de realizar una actualización del mismo, no hay ningún problema, pero si por razones de cambios en las condiciones de eficiencia energética, solicitudes de subvenciones o desgravaciones del IRPF que requieren actualizar el certificado, se hace necesario actualizarlo, se evidencia esta no coincidencia entre el titular del certificado existente en la base de datos y el real, y por este motivo, el trámite muestra el mensaje indicado, y se hace imprescindible realizar previamente en el registro del certificado, el trámite de cambio de titular, sigan el procedimiento indicado aquí.

TAMAÑO DE ARCHIVO DEMASIADO GRANDE

Si cuando se anexa el archivo del certificado de eficiencia energética, le aparece el siguiente mensaje:

Esto ocurre porque el archivo del certificado tiene un tamaño superior a 20 Mb, y esto es porque las imágenes correspondientes a la imagen del edificio y al plano de situación incrustadas en el archivo de formato .pdf del certificado de eficiencia energética, tienen una gran resolución. Para solucionar este problema, debe reducirse la resolución de las citadas imágenes, sustituirlas en el programa empleado para el cálculo y generación del certificado de eficiencia energética, volver a generar dicho documento, volverlo a firmar digitalmente y volver a subirlo al trámite telemático. Si sigue siendo superior a 20 Mb, es porque no se ha reducido suficientemente la resolución de dichas imágenes.

"ERROR INESPERADO"

Cuando se trámite un registro de un certificado de eficiencia energética de renovación/actualización, puede ocurrir que al introducir el NIF/NIE/CIF del titular y hacer clic en el botón , aparezca este mensaje:

Y no deja avanzar y culminar el registro del certificado. Esto ocurre porque los datos del titular con el NIF/NIE/CIF indicado, que constan en la base de datos del registro de certificados de eficiencia energética están incompletos.

SOLUCIÓN: Para poder registrar el certificado de eficiencia energética, a nombre del titular con el NIF/NIE/CIF que da el error, deben actualizarse los datos que constan en dicho registro. por eso hay dos opciones:

  1. Que el trámite del registro del certificado lo haga el propio titular, accediendo al mismo con su certificado digital, y en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, él podrá actualizar sus datos en la misma pantalla del trámite de registro de certificados y eficiencia energética.
  2. Registrar una instancia de actualización de datos titularidad de edificio/parte de edificio, en relación con el registro del certificado de eficiencia energética, cuyo modelo se puede descargar haciendo clic aquí, cumplimentada y firmada por el titular electrónicamente , o sí firma manuscritamente, debe acompañarse de copia del anverso y reverso de su DNI, al trámite de instancia genérica, al que se puede acceder haciendo clic aquí, y será el personal de la admistración quien procederá a actualizar los datos, con los indicados en la citada instancia. Cuando la actualización de datos sea efectiva, se le comunicará vía DEHú al titular.

CORRECCIÓN DE ERRORES

Durante los primeros 30 días después del registro de un certificado de eficiencia energética, se pueden corregir errores tanto en los datos introducidos en los campos del formulario de registro, como en los documentos/archivos anexados.

Para poder corregir estos errores, debe accederse al mismo trámite de registro de certificados de eficiencia energética, al que puede acceder haciendo clic aquí, y en el campo ¿Qué desea tramitar? hay 3 opciones para corregir errores, los cuales señalamos con un recuadro rojo en la siguiente imagen:

A continuación explicamos cada una de las diferentes opciones:

  • Corrección de errores en el justificante de inscripción (los datos de los documentos son correctos): Eligiendo esta opción, se pueden corregir los datos introducidos en el formulario de registro, que son los datos que la plataforma utiliza para generar el justificante de inscripción y la etiqueta energética.
  • Corrección de errores en la documentación presentada, en la tramitación de la inscripción: Eligiendo esta opción, se puede volver a anexar los documentos que se deben anexar para realizar el registro del certificado, es decir el archivo con formato .pdf de la autorización a la tramitación, del certificado de eficiencia energética, el archivo con formato .xml, los archivos opcionales de cálculo o archivo con formato .pdf de medidas de mejora.
  • Modificación de la referencia catastral: Eligiendo esta opción, se puede corregir la referencia catastral en caso de error.

NOTAS IMPORTANTES RELACIONADAS CON LA CORRECIÓN DE ERRORES

  • En cualquier caso de corrección de errores, los datos resultantes deben ser coherentes, es decir, deben coincidir los datos indicados en el formulario del trámite de registro con los indicados en propio certificado de eficiencia energética aportado.
  • Si se necesita corregir errores, transcurridos los 30 días naturales siguientes al día en que se realizó el registro del certificado, ya no se podrán utilizar las opciones de corrección de errores mencionadas, y tendrán que solicitar la corrección mediante el trámite de instancia genérica, al que puede acceder haciendo clic aquí, en el que tendrán que elegir en el campo Conselleria, la Conselleria de Empresa, Empleo y Energía y en el campo Destino la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, tal y como se muestra en las siguientes imágenes:

         

        Deberán adjuntar todos los documentos/archivos que sean necesarios para justificar y realizar la corrección de los errores solicitada.

        La solicitud se procesará según el orden de entrada en el registro.

EN CASO EN QUE EL TITULAR DEL EDIFICIO NO DISPONE DE CERTIFICADO DIGITAL


Según lo indicado en el punto 11 del articulo 25 del Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears (BOIB n.º 71, de 28 de mayo de 2024), por el cual se modifica la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética (BOIB n.º 27, de 2 de marzo de 2019), se tiene que hacer la solicitud telemáticamente. Por eso necesitaréis disponer de un certificado digital para identificaros.


En el caso de titulares de inmuebles objeto de certificados deficiencia energética, que no dispongan de certificado digital, y por motivos de edad avanzada, lugar de procedencia, etc no deseen o no puedan disponer de certificado digital, si lo consideran adecuado, pueden apoderar a otra persona que si disponga de certificado digital para que realice en nombre suyo, los trámites relacionados con la certificación energética de edificios, siguiendo el


PROCEDIMIENTO DE APODERAMIENTO DE UNA PERSONA PARA REALIZAR TRÁMITES DE CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

PASO 1.º ELEGIR OFICINA
Elegís la Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) que os resulte más adecuada para visitar presencialmente. Podéis consultar las OAMR existentes y sus datos de contacto aquí.

PASO 2.º SOLICITAR CITA PREVIA
Si bien es posible visitar una OAMR sin cita previa, dado que en muchas de ellas es preferente la atención a las personas con cita previa, recomendamos solicitar Cita Previa en una OAMR para hacer un apoderamiento, o bien llamando por teléfono a la OAMR escogida o desde aquí.

PASO 3.º VISITAR OAMR
Tanto la persona que otorga el poder (poderdante), como la persona que lo recibe (apoderado), tendrán que visitar en persona la oficina seleccionada provistos de:

  • En el caso de personas de nacionalidad española: su DNI
  • Si se trata de personas extranjeras: su NIE + documento emitido en el país de origen que acredite su identidad, que generalmente será el pasaporte original y en vigor.

Visitaràn la oficina o bien juntos el día y hora que tengan la cita previa o por separado, en primer lugar el poderdante, y después el apoderado tendrá que solicitar una segunda cita para personarse y firmar la aceptación del apoderamiento, que puede ser en la misma OAMR a la que fue el poderdante o en otra.


PASO 4.º INFORMACIÓN AL FUNCIONARIO DE LA OAMR DEL TIPO DE APODERAMIENTO

El poderdante tendrá que indicarle al funcionario del OAMR, que quiere hacer un apoderamiento de tipo C para que el apoderado pueda actuar en nombre suyo en el trámite concreto de código SIA 208187.

PASO 5.º EMISIÓN, FIRMA Y TRAMITACIÓN DEL APODERAMIENTO

El funcionario de la OAMR, después de revisar la identidad del poderdante y el apoderado, tramitará y emitirá por un lado un documento que tendrá que firmar el poderdante, y por otra otro documento de aceptación del apoderamiento que tendrá que firmar el apoderado.

En primer lugar el poderdante firma un documento denominado Anexo I y se inscribe el apoderamiento (que queda en estado "sin autorizar") ( si el poderdante es una persona jurídica, en este caso sólo se puede realizar la inscripción de manera telemática) y, una vez inscrito, el apoderado firma otro documento denominado Anexo IV y se tramita la aceptación de el apoderado. En el momento que el apoderado acepta, el apoderamiento pasa al estado "autorizado" y se hace efectivo el apoderamiento, por lo que, a partir de ese momento, el apoderado podrá operar en el trámite telemático de certificación de eficiencia energética de edificios en nombre del poderdante y recibir las comunicaciones que se envían relacionadas con el trámite de certificación de eficiencia energética de edificios.

Si el apoderado es persona física pero actúa en representación de una persona jurídica, obligatoriamente debe aceptar telemáticamente.

RECOMENDACIÓN PARA LAS PERSONAS QUE HACEN SOLICITUDES DE CAMBIO DE TITULAR

Cuando una persona distinta al titular del inmueble objeto del certificado de eficiencia energética (caso de personas técnicas certificadoras, gestorías, familiares de personas mayores,etc), presenta una solicitud de cambio de titular de un certificado sin tener apoderamiento para el trámite, es decir, como persona autorizada, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 06/12/2018) , la plataforma telemática comunica mediante Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) al nuevo titular un archivo en formato .pdf que incluye el justificante de inscripción en el registro de certificados de eficiencia energética, la etiqueta energética y una hoja de control, pero no envía ningún documento a la persona solicitante. Este hecho implica que las personas solicitantes no son informadas de cuándo se ha hecho efectivo dicho cambio de titular, y por tanto, de cuándo pueden registrar el certificado ya a nombre del nuevo titular. En este artículo de ayuda a la tramitación, queremos informar a las personas que realizan solicitudes de cambios de titular de certificados de eficiencia energética en nombre de otras personas titulares, una forma muy sencilla de poder por ellos mismos, saber cuándo se ha hecho efectivo el cambio y por tanto cuando pueden hacer el registro del certificado de actualización/renovación ya a nombre del titular nuevo, la cual pasamos a describir a continuación:

La persona solicitante debe tratar de registrar el certificado de actualización/renovación y podemos pasar dos situaciones:

  • Que el cambio de titular del certificado NO se haya hecho efectivo todavía: En este caso, el trámite le mostrará el mensaje señalado con un recuadro en color rojo mostrado en la siguiente imagen:
  • Que el cambio de titular del certificado SI se haya hecho efectivo: En este caso, el trámite no le mostrará el mensaje descrito en el punto anterior, permitiéndole culminar el registro del certificado.

Recordar que siempre existe la posibilidad de recibir directamente el mismo documento que el titular, formalizando un apoderamiento para los trámites de certificación de eficiencia energética, según lo explicado aquí.

REGISTRO DE UN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA CUYO ALCANCE SON VARIAS REFERENCIAS CADASTRALES

Puede registrarse un certificado de eficiencia energética cuyo alcance, sea más de una referencia catastral.

En estos casos, es muy importante que quede indentificado de manera inequívoca el alcance del certificado, por tanto el para garantizar esta tarea debe indicarse lo siguiente:

En el certificado de eficiencia energética:

- En el campo dirección debe indicarse la dirección del edificio.

- En el campo referencia catastral del certificado de eficiencia energética, deberá ponerse la raíz de la referencia catastral, es decir los primeros 14 dígitos.

- En el campo comentarios del técnico certiticador, debe indicarse todas y cada una de las referencias catastrales completas de 20 dígitos, amparadas por el certificado de eficiencia energética, con indicación de la vivienda/local que le corresponde a cada una.

En el formulario trámite telemático:

- En el campo referencia catastral del certificado de eficiencia energética, deberá ponerse la raíz de la referencia catastral, es decir los primeros 14 dígitos.

- En el apartado referencias catastrales adicionales (en el caso de edificio de viviendas completas o locales compuestas por varios locales unitarios), deben añadirse las diferentes referencias catastrales que integran el edificio objeto del certificado de eficiencia energética que se está registrando, cada una con sus 20 dígitos indicando en el campo Descripción, a qué vivienda o local.

Es muy importante que exista concordancia, entre la información del documento del certificado de eficiencia energética, y la introducida en el formulario del registro.

REGISTRO DE UN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA CUYO ALCANCE SON VARIAS REFERENCIAS CADASTRALES

Se puede registrar un certificado de eficiencia energética cuyo alcance sea más de una referencia catastral.

En estos casos, es muy importante que quede indentificado de manera inequívoca el alcance del certificado, por tanto el para garantizar esta tarea debe indicarse lo siguiente:

En el certificado de eficiencia energética:

- En el campo dirección debe indicarse la dirección del edificio.

- En el campo referencia catastral del certificado de eficiencia energética, deberá ponerse la raíz de la referencia catastral, es decir los primeros 14 dígitos.

- En el campo comentarios del técnico certiticador, debe indicarse todas y cada una de las referencias catastrales enteras con 20 dígitos, amparadas por el certificado de eficiencia energética, con indicación de la vivienda/local que le corresponde a cada una.

En el formulario trámite telemático:

- En el campo referencia catastral del certificado de eficiencia energética, deberá ponerse la raíz de la referencia catastral, es decir los primeros 14 dígitos.

- En el apartado referencias catastrales adicionales (en el caso de edificio de viviendas completas o locales compuestas por varios locales unitarios), deben añadirse las diferentes referencias catastrales que integran el edificio objeto del certificado de eficiencia energética que se está registrando, cada una con sus 20 dígitos indicando en el campo Descripción, a qué vivienda o local.

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Es muy importante que exista concordancia, entre la información del documento del certificado de eficiencia energética, y la introducida en el formulario del registro.

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REGISTRO DE UN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UN INMUEBLE QUE COMPARTE REFERENCIA CATASTRAL CON OTRO INMUEBLE

El registro de un certificado de eficiencia energética de un edificio o parte de edificio que comparte la referencia catastral, debido a que no se ha realizado la división horizontal, no puede realizarse mediante el trámite telemático específico. Este registro debe realizarse mediante el trámite de instancia genérica aportando los mismos documentos/archivos que cuando se hace un registro de un certificado de eficiencia energética con referencia catastral sin compartir (estos documentos/archivos se indican en el Paso 3 del artículo relativo al registro de certificados al que puede acceder haciendo clic aquí), y deberá adjuntar el Modelo 06 la mencionada tasa en la página web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (A.T.I.B.) a la que puede acceder haciendo clic aquí, y proceder según se indica en el siguiente vídeo para seleccionar las tasas de certificación de eficiencia energética:

Deberá elegir la tasa telemática en función del tipo de edificio o parte de edificio y la superficie. Una vez realizado el pago de la tasa, se podrá descargar el Modelo 046 justificativo de haber abonado la tasa correspondiente que deberá adjuntar en el registro de la instancia genérica.

Una vez culminado el proceso de registro de la instancia genérica, se podrá descargar el Justificante de presentación, que es un documento en formato .pdf de una única página en el que aparece el número de registro GOIBEXXXXXX/YYYYYY, necesario para cualquier consulta posterior sobre la instancia registrada.

Su solicitud será objeto de revisión y en su caso registro por el personal encargado siguiendo el orden de registro de entrada, y se enviarán los mismos documentos que en un registro de un certificado de eficiencia energética con referencia catastral sin compartir (estos documentos se indican en el Paso 5 del artículo relativo al registro de certificados al que puede acceder haciendo clic aquí).