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Comunicación al Registro de viviendas desocupadas.

Comunicación:

- altas de viviendas desocupadas

- bajas de viviendas desocupadas (por ocupación, por venta a un tercero no gran tenedor),

- transmisiones de viviendas previamente inscritas en le Registro a otro gran tenedor de viviendas,

- rectificación de datos erróneos.

Código SIA

2313614

Personas destinatarias

Personas físicas o jurídicas que sean Grandes Tenedores de vivienda de acuerdo con la definición establecida en el art. 4 letra i) Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.

Requisitos

El gran tenedor, en la comunicación que realice, debe adjuntar el Anexo I (modelo facilitado en el apartado Documentos relacionados con el servicio) en el que se deben introducir todos los datos requeridos.

Las comunicaciones de bajas y de transmisiones a un gran tenedor deben acreditarse de forma fehaciente por cualquier medio que en derecho se admita.

En caso de transmisiones a un gran tenedor debe indicarse el nombre del gran tenedor adquirente y el precio de transmisión, a los efectos del derecho de tanteo y retracto establecido en el art. 36,4 Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.

En caso de cancelación se deberá aportar la documentación prevista en el art. 12 Decreto 36/2019, de 10 de mayo.

Observaciones

Para grandes tenedores que sean personas jurídicas la comunicación se debe realizar de manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) .

Órgano instructor

Departamento de Vivienda

Documentos relacionados con el servicio

Contacto

Servicio o Sección responsable

Departamento de Vivienda

Tel.: 971177300

(inspecciohabitatge@dghab.caib.es)