Comunicación al Registro de viviendas desocupadas.
Comunicación:
- altas de viviendas desocupadas
- bajas de viviendas desocupadas (por ocupación, por venta a un tercero no gran tenedor),
- transmisiones de viviendas previamente inscritas en le Registro a otro gran tenedor de viviendas,
- rectificación de datos erróneos.
Código SIA
2313614
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas que sean Grandes Tenedores de vivienda de acuerdo con la definición establecida en el art. 4 letra i) Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.
Requisitos
El gran tenedor, en la comunicación que realice, debe adjuntar el Anexo I (modelo facilitado en el apartado Documentos relacionados con el servicio) en el que se deben introducir todos los datos requeridos.
Las comunicaciones de bajas y de transmisiones a un gran tenedor deben acreditarse de forma fehaciente por cualquier medio que en derecho se admita.
En caso de transmisiones a un gran tenedor debe indicarse el nombre del gran tenedor adquirente y el precio de transmisión, a los efectos del derecho de tanteo y retracto establecido en el art. 36,4 Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.
En caso de cancelación se deberá aportar la documentación prevista en el art. 12 Decreto 36/2019, de 10 de mayo.
Observaciones
Para grandes tenedores que sean personas jurídicas la comunicación se debe realizar de manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) .
Normativa del servicio
Órgano instructor
Departamento de Vivienda
Contacto
Servicio o Sección responsable
Departamento de Vivienda
Tel.: 971177300
(inspecciohabitatge@dghab.caib.es)