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Adscripción de centros docentes a universidades

Adscribir nuevos centros docentes universitarios a las Illes Balears con el fin de impartir docencia conducente a la obtención de títulos oficiales de grado y/o máster y/o doctorado, así como, en su caso, de desarrollar actividades de investigación y de transferencia de conocimiento.

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La solicitud de autorización de la adscripción deberá ser realizada por la universidad a la que se pretende adscribir el centro.

Código SIA

3196390

Personas destinatarias

Universidades públicas o privadas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Sin plazo.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

Si

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidades

Trámites

X

Solicitud de adscripción centros docentes a universidades

Requisitos

La adscripción de centros docentes universitarios requiere la previa celebración de un convenio con la universidad.

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Los convenios de adscripción serán subscritos por el Rector o la Rectora de la universidad y el o la representante legal de la entidad titular del centro que pretende ser adscrito.

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El convenio de adscripción deberá de incluir, como mínimo lo siguiente:

a) La relación de enseñanzas universitarias de carácter oficial que se impartirán en el centro adscrito.

b) Los criterios de admisión de las enseñanzas.

c) Las previsiones relativas al régimen económico que tiene que regir las relaciones entre el centro adscrito y la universidad.

d) Las normas para el nombramiento del Director o de la Directora del centro adscrito y del equipo de dirección.

e) La determinación de los órganos de gobierno del centro.

f) El procedimiento para solicitar de la universidad la "venía docendi" de su profesorado.

g) La estructura, número y tipología del profesorado que conforma y/o conformará la plantilla del centro.

h) La programación para el desarrollo y puesta en funcionamiento de un sistema interno de garantía de la calidad y la consecución de su certificación por la ANECA o la correspondiente agencia de calidad.

i) La posibilidad de impartir títulos de formación permanente.

j) La planificación del desarrollo de la actividad de investigación de su personal docente e investigador.

k) Las instalaciones y principal equipación de que dispone o dispondrá el centro para cumplir con sus funciones académicas adecuadamente y con calidad.

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La adscripción de un centro a una universidad requerirá la aprobació de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, salvo que se trate de la adscripción a una universidad de ámbito estatal, en este caso corresponderá al Ministerio de Universidades.

Documentación a presentar

DOCUMENTACIÓN MÍNIMA A PRESENTAR:

- Solicitud firmada por el representante legal del centro.

- Memoria justificativa de la solicitud.

- Acuerdo de los órganos de gobierno de la universidad.

- Convenio de adscripción entre la universidad y el centro adscrito.

- Declaración responsable art. 96 de la LOSU.

- Documentación de las instalaciones.

- Cuentas anuales e información económica.

- Otras documentaciones.

Plazo máximo

Este trámite no está sujeto a plazos.

Forma de presentación

La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Universidad

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Universidad

C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta). Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Observaciones

El artículo 14.2 apartado a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de que las personas jurídicas se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.

Esto implica que tanto la solicitud, como las posteriores comunicaciones que se pudiesen producir entre solicitantes y la Administración se realizarán electrónicamente.

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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