Requisitos
La adscripción de centros docentes universitarios requiere la previa celebración de un convenio con la universidad.
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Los convenios de adscripción serán subscritos por el Rector o la Rectora de la universidad y el o la representante legal de la entidad titular del centro que pretende ser adscrito.
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El convenio de adscripción deberá de incluir, como mínimo lo siguiente:
a) La relación de enseñanzas universitarias de carácter oficial que se impartirán en el centro adscrito.
b) Los criterios de admisión de las enseñanzas.
c) Las previsiones relativas al régimen económico que tiene que regir las relaciones entre el centro adscrito y la universidad.
d) Las normas para el nombramiento del Director o de la Directora del centro adscrito y del equipo de dirección.
e) La determinación de los órganos de gobierno del centro.
f) El procedimiento para solicitar de la universidad la "venía docendi" de su profesorado.
g) La estructura, número y tipología del profesorado que conforma y/o conformará la plantilla del centro.
h) La programación para el desarrollo y puesta en funcionamiento de un sistema interno de garantía de la calidad y la consecución de su certificación por la ANECA o la correspondiente agencia de calidad.
i) La posibilidad de impartir títulos de formación permanente.
j) La planificación del desarrollo de la actividad de investigación de su personal docente e investigador.
k) Las instalaciones y principal equipación de que dispone o dispondrá el centro para cumplir con sus funciones académicas adecuadamente y con calidad.
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La adscripción de un centro a una universidad requerirá la aprobació de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, salvo que se trate de la adscripción a una universidad de ámbito estatal, en este caso corresponderá al Ministerio de Universidades.
Documentación a presentar
DOCUMENTACIÓN MÍNIMA A PRESENTAR:
- Solicitud firmada por el representante legal del centro.
- Memoria justificativa de la solicitud.
- Acuerdo de los órganos de gobierno de la universidad.
- Convenio de adscripción entre la universidad y el centro adscrito.
- Declaración responsable art. 96 de la LOSU.
- Documentación de las instalaciones.
- Cuentas anuales e información económica.
- Otras documentaciones.
Plazo máximo
Este trámite no está sujeto a plazos.
Forma de presentación
La presentación de este trámite únicamente se puede hacer por vía telemática y tiene que acceder haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Universidad
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Universidad
C/ del Ter, 16, Ed. Alexandre Rosselló Pastors (Polígon de Son Fuster, 3a planta).
Tel.: 971177766
- Fax: 971176873
(dguniversitat@dguni.caib.es)
Observaciones
El artículo 14.2 apartado a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de que las personas jurídicas se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
Esto implica que tanto la solicitud, como las posteriores comunicaciones que se pudiesen producir entre solicitantes y la Administración se realizarán electrónicamente.