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Ayudas para las entidades locales de las Islas Baleares para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico

El objeto de esta convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares es financiar la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico en los municipios de las Islas Baleares, en el marco del Plan Social del Deporte del Consejo Superior de Deportes (CSD), financiado a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, relativo al proyecto C26 Fomento del Sector del Deporte - C26.Y01.P.02 Prescripción de la Actividad y el Ejercicio Físico para la ciudadanía.

Código SIA

3017315

Personas destinatarias

Se pueden beneficiar de las subvenciones que prevé esta convocatoria las entidades locales de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares, así como entidades que dependen o están vinculadas.

Plazo máximo para la resolución y notificación

El plazo máximo para emitir la resolución es de 6 meses. El órgano competente para resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de este órgano, pueden habilitar los medios personales y materiales para cumplir el despacho adecuado y en el plazo oportuno.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

De oficio

Fin de la via administrativa

Si

Disponible para tramitar por persona apoderada

No

Órgano competente para resolver

Dirección General de Deportes

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

Requisitos

Las entidades beneficiarias estarán sujetas a las obligaciones derivadas del contenido de las bases reguladoras de esta subvención, de la Resolución de concesión de las subvenciones y, en general, de la normativa vigente que se le aplica.

Las entidades beneficiarias no pueden incurrir en cabeza de las circunstancias que prevén los artículos 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiaria, así como los artículos 10.1 y 2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

Documentación a presentar

a) Impreso de solicitud rellenado, en el cual consten los datos de la entidad local firmado adecuadamente por la persona autorizada por esta o su representante legal.

b) Acreditación de la representación con que actúa la persona que firma la solicitud.

c) En conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 61 del Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el cual aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes puede obtener —excepto la oposición expresa de la persona interesada que se tiene que hacer constar en el modelo de solicitud—los certificados acreditativos que la entidad interesada está al cabo de la calle de las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social, si procede, además de la verificación de los datos de identidad (NIF). En caso de que no se autoricen estas consultas, tiene que aportar la documentación acreditativa de estar al cabo de la calle de las obligaciones anteriores, además de una copia del documento de identidad, si procede, junto con la solicitud de ayudas.

El límite para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social previsto al párrafo segundo de la letra f) del artículo 11 del Texto refundido de la Ley de subvenciones es de hasta diez mil euros, según el artículo 17 a) de la Ley 4/2021.

d) Una declaración responsable firmada (imprimido 2) que incluye:

1r) Que l'entitat sol·licitant no es troba incursa en cap dels supòsits de prohibició per ser beneficiària de subvencions que estableix l'article 10 del text refós de la Llei de subvencions, aprovat pel Decret legislatiu 2/2005, de 28 de desembre, en relació amb l'article 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions.

2n) Que la entidad solicitante se compromete a cumplir las obligaciones que establece el artículo 11 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3r) Que l'entitat sol·licitant es compromet a complir les obligacions que estableix l'article 17 de l'Ordre de la consellera d'Afers Socials i Esports de 12 de febrer de 2021 per la qual s'estableixen les bases reguladores de les subvencions en matèria d'esports.

4t) Que la entidad solicitante se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en su punto 6 de esta convocatoria de subvenciones.

5è) Que la entidad solicitando no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

6è) Que es compromet a complir les obligacions establertes en la Llei 31/1995, de 8 de novembre, de prevenció de riscos laborals i que no ha estat sancionada, en virtut de resolució administrativa o sentència judicial ferma, per falta greu o molt greu en matèria de prevenció de riscos laborals, durant l'any immediatament anterior a la data de sol·licitud de la subvenció.

7è) No encontrarse, la persona que ejerza la representación legal de la entidad, en los supuestos de incompatibilidad establecidos a la normativa vigente.

e) En compliment del que estableix el Reglament (UE) 2021/241, del Parlament Europeu i del Consell, de 12 de febrer de 2021, i l'article 8.1 de l'Ordre HPF/1030/2021 de 29 de setembre, l'entitat sol·licitant de la subvenció haurà de presentar les següents declaracions relatives a:

1r) Que conoce la normativa de aplicación, sobre cesión y tratamiento de datos, en particular el que establece el apartado 2 letra d) y el apartado 3, del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero del 2021, por el cual se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia; y que acepta la cesión y el tratamiento de los datos con los hasta expresamente relacionados en estos artículos (imprimido 3).

2n) Que autoriza expresamente el acceso a la Comisión Europea, la OLAF (Oficina Europea de Lucha contra el Fraude), al Tribunal de Cuentas de la UE y, en su caso, a la Fiscalía Europea, y a ejercitar los derechos que los reconoce el artículo 129.1 del Reglamento Financiero 2018/1046 (imprimido 3).

3r) Que se compromete con los estándares más exigentes relativos al cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, con adopción de las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés , comunicando, si procede, a las autoridades que corresponda los incumplimientos observados (imprimido 4).

4t) Que se han respetado los principios de economía circular y evitado los impactos negativos significativos al medio ambiente en la ejecución de las actuaciones subvencionadas (imprimido 5).

5è) Que no incurre en doble financiación y, si procede, no tiene constancia de riesgo de incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado (imprimido 6).

6è) Subscribir la declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR de acuerdo con el modelo anejo IV.C de la Orden HFP/1030/2021.

f) Una declaración responsable firmada de la veracidad de los datos bancarios aportados, excepto que ya conste, tramitada válidamente, en los archivos de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares. En este caso, es suficiente indicar los datos. La titularidad de la cuenta bancaria tiene que ser de la entidad beneficiaria de la subvención (imprimido 7).

g) Una declaración responsable en la cual se haga constar que la entidad solicitando no ha solicitado ni recibo cabe otra ayuda para la misma finalidad de cualquier administración pública o ente privado o público, tanto nacional como extranjero, o, en caso contrario, una relación de las entidades a las cuales ha solicitado una subvención o ha obtenido alguna, con indicación de la cuantía solicitada o concedida (imprimido 8).

h) Memoria explicativa del proyecto a desarrollar.

y) Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto a desarrollar.

Modelos:

Documentos relacionados con el trámite:

Plazo máximo

El plazo para presentar las solicitudes es de tres meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Deportes

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Planificación y Formación

C/ de l'Uruguai, s/n Velòdrom Illes Balears.

(macampomar@esports.caib.es)

Información sobre protección de datos

X

De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite

Responsable del tratamiento

Dirección General de Deportes

Finalidad

Tramitación del procedimiento

Legitimación

Consentimiento del interesado

Destinatario

No se cederán datos a terceros salvo de obligación legal

Derechos

Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional

Información adicional

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