Requisits
En la presente convocatoria los proyectos subvencionables, los gastos subvencionables y los no subvencionables son los referidos a los artículos 9.1 y 9.2 de la Orden, en relación a los proyectos subvencionables y a los artículos 11.1 y 11.2 de la Orden, en relación a los gastos subvencionables y no subvencionables.
Tan sólo se podrá presentarse un único proyecto subvencionable por cada solicitante y el proyecto sólo podrá ser subvencionado una vez.
El importe máximo de las subvenciones es del 80%; del coste total subvencionable con un máximo de 250.000,00 € (doscientos cincuenta mil euros) por proyecto, sin que en ningún caso el importe de la subvención supere, en concurrencia con otras subvenciones, el coste del proyecto objeto de la subvención.
Los proyectos objeto de subvención pueden haberse iniciado desde el 1 de febrero de 2020.
El plazo máximo para la ejecución de los proyectos finaliza el 1 de junio de 2025. Es obligatorio que se encuentren ejecutados el 31 de diciembre de 2023 en más del cincuenta por ciento (50%) de la inversión prevista.
El plazo máximo de presentación de la documentación justificativa de los gastos es de tres meses desde la fecha de fin del plazo de ejecución.
Documentació a presentar
1. Solicitud de subvención ajustada al modelo normalizado del anexo III de la Orden 7/2022.
2. Documentación administrativa y técnica que establece el anexo II de la Orden 7/2022
Documentación administrativa:
- NIF/DNI del solicitante y de la persona que actúe en su representación.
- Documentación necesaria para acreditar la representación del solicitante.
- En el supuesto de que el solicitante sea una administración pública, certificación del secretario de la entidad pública acreditativa del cargo que ostenta el solicitante y de su capacidad para formular la solicitud.
- En el caso de solicitantes que desarrollen actividades económicas, acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que tiene que reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de solicitud de la ayuda.
- En el caso de proyectos financiables iniciados en fecha posterior al 1 de febrero de 2020, documentación justificativa de la fecha de inicio, por cualquier medio válido en derecho.
- Declaración responsable, de acuerdo con el modelo normalizado que se adjunta como apartado tercero del anexo III (modelo de solicitud), relativo a:
a) La no concurrencia de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de subvenciones.
b) Compromiso en conceder los derechos y accesos necesarios para que la Comisión, la Oficina Europea de lucha contra el fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
c) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias judiciales firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en conformidad con lo que prevé la Ley 11/2016 de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
d) El respeto al principio de no causar daño al medio ambiente (DNSH «Don not significando harm»)
e) La cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
f) El compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
g) La disposición de crédito adecuado y suficiente para costear la parte no subvencionada de la inversión total necesaria para ejecutar el proyecto o la actuación.
h) Otras ayudas percibidas o solicitados por la entidad por la misma finalidad que la subvención solicitada en el mismo periodo.
- La ausencia de conflicto de intereses de acuerdo con el modelo del anexo II (DACI) de esta Orden.
- Certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el caso de oposición a que la Consejería de Medio ambiente y Territorio haga las consultas o compruebe el cumplimiento de las obligaciones.
- Certificado de que la entidad dispone de crédito suficiente para ejecutar el proyecto.
- En el supuesto de que la actuación esté en licitación, adjudicada o iniciada, acreditación de la circunstancia en que se encuentre la actuación.
- Que la actuación solicitada no ha sido declarada de interés general del Estado, o en caso de que lo haya sido, que mediante protocolo o convenio con la Administración General del Estado ,el Ayuntamiento ha asumido la ejecución de esta actuación.
- Que la actuación, en la fecha de solicitud de la ayuda, no dispone de asignación en firme de fondos europeos diferentes de los que financian el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el marco de la programación financiera vigente ni cuenta con financiación de la Administración General del Estado por estar incluida en un convenio o protocolo con la misma.
- Compromiso de presentación antes del 1 de marzo de cada año, de un informe justificativo sobre el grado de ejecución del gasto.
- En el supuesto de que el solicitante sea una administración pública, además, tiene que aportar certificación expedida por el funcionario o funcionarios con la habilitación exigida por el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, o certificación expedida por el Secretario de éstas, que acredite el acuerdo adoptado por el órgano competente del Ayuntamiento y/o de la entidad solicitante, en el cual tiene que indicarse expresamente la cantidad que se solicita y la finalidad concreta de la solicitud, que incluirá, en su caso, los gastos de las actuaciones preparatorias previas prevista en el punto 1.b) del artículo 11 de la Orden.
Documentación técnica:
- Memoria explicativa, firmada, con una extensión máxima de 10 hojas tamaño folio impresas por las dos caras que contenga :
() la descripción y objeto de la actuación
() la justificación del encaje de la actuación en los objetivos del Pla: mejora, renovación y reducción de pérdidas en el sistema de abastecimiento, ahorro en el consumo de agua y/o incremento de la garantía de suministro
() la justificación de que la actuación respeta el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés , "Don No Significando Harm") y las condiciones del etiquetado climático y digital
() el número de habitantes o población que resulten beneficiados por la actuación
() el percentatge medio de reducció de pérdidas de agua que supondrá la actuación
() el ahorro en el consumo de agua
() la fecha de adjudicación real o prevista
() la fecha de inicio real o prevista
() el plazo de ejecución
() el compromiso de la persona y/o la entidad titular de la infraestructura con la ejecución y posterior explotación de las actuaciones, así como de su conservación y mantenimiento
() los gastos subvencionables solicitados conforme al punto primero del artículo 11 de esta orden.
() el desarrollo de los criterios de valoración establecidos en el apartado séptimo , del anexo I-convocatoria y baremación de la actuación según estos criterios y el índice socioeconómico que se facilita al anexo VI.
() reportaje gráfico y fotográfico de la zona o zonas de la infraestructura donde se pretende actuar.
- Proyecto o memoria:
() proyecto subscrito por técnico competente, en el supuesto de que fuera exigible proyecto de acuerdo con la legislación de Contratos del Sector Público y la legislación sectorial específica, o
() proyecto básico o de ejecución con el contenido regulado en esta normativa, o
() memoria valorada subscrita por técnico competente que contenga planes, presupuesto de ejecución material y presupuesto base de licitación de las de las obras a realizar, así como declaración de obra completa
- Permisos de los que se disponga para la ejecución de la actuación (disponibilidad de terrenos, sectoriales, etc.).
Models:
Documents relacionats amb el tràmit:
Termini màxim
9 de mayo de 2022
Forma de presentació
D'acord amb el que estableix l'article 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques, podeu dur a terme aquest tràmit mitjançant un dels canals següents (entre d'altres):
a) De manera telemàtica (*obligatori per als subjectes obligats a relacionar-se electrònicament amb les administracions per l'article 14.2 i 3 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, i opcional per a les persones físiques), fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ave permanente.
b) De manera presencial (només per a persones físiques), a qualsevol de les oficines de registre de l'Administració Autonòmica, de l'Administració General de l'Estat, de la resta de comunitats autònomes o de les entitats que integren l'Administració Local. Podeu consultar les adreces de totes les oficines de l'Administració Autonòmica.
c) A més, també podeu enviar la documentació per correu postal (només per a persones físiques). En aquest cas, heu de presentar els documents dins un sobre obert, a fi que el personal de l'oficina de Correus hi pugui indicar, mitjançant el segell oficial, el lloc, la data i l'hora exacta en què s'ha efectuat el registre. Aquestes dades també quedaran anotades en el resguard justificatiu de la presentació.
*Els subjectes als quals fan referència els apartats 2 i 3 de l'article 14 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, estan obligats a relacionar-se a través de mitjans electrònics amb les administracions, per la qual cosa, de conformitat amb el que estableix l'article 68.4 de la Llei esmentada, si algun d'aquests subjectes presenta la seva sol·licitud presencialment, l'administració pública l'ha de requerir que l'esmeni presentant-la per via electrònica.
Òrgan competent per a la tramitació
Dirección General de Recursos Hídricos
Contacte
Servei o Secció responsable
Departamento Técnico de Coordinación
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).
Tel.: 971176641
(departament@dgreghid.caib.es)