Subvenciones públicas para impulsar la economía circular en las Islas Baleares, financiadas con fondos del impuesto del turismo sostenible (ITS 2023) y con el Fondo FEDER 2021-2027, dirigida a empresas
El objeto de las ayudas es subvencionar actuaciones y proyectos que favorezcan modelos de economía circular, es decir, modelos que tengan como objetivo reducir tanto la entrada de materiales como la producción de residuos, ya sea mediante la creación o mejora de sistemas de gestión de residuos que cierren el ciclo o mediante instalaciones para la prevención, la reparación y la preparación para la reutilización de residuos.
Las actuaciones o proyectos que se presenten a la convocatoria se tienen que enmarcar dentro de una de las categorías siguientes:
a) I+D+I en materia de de economía circular.
b) Análisis de ciclo de vida de producto y ecodiseño.
c) Redacción de proyectos de economía circular, incluidos los estudios de mercado
d) Implementación de proyectos con proyecto previo.
Código SIA
3195800
Personas destinatarias
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas privadas, que tengan sede/domicilio social o centro de actividad ubicado en las Illes Balears, y realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en las Illes Balears, y que estén inscritas en el registro mercantil o en el que corresponda.
b) Las organizaciones empresariales que tengan como finalidad representar los intereses de un sector empresarial o de un ámbito territorial, siempre que sean de naturaleza privada, con personalidad jurídica propia y desarrollen su actividad en las Illes Balears: únicamente para las categorías subvencionables de los puntos 1.a) y 1.b) del apartado séptimo de esta convocatoria.
c) Las agrupaciones de empresas que desarrollen su actividad en las Illes Balears, sin necesidad de que dispongan de personalidad jurídica propia distinta de las entidades que las compongan, siempre que las empresas integrantes tengan sede/domicilio social o centro de actividades ubicado en las Illes Balears. Las empresas integrantes de la agrupación tendrán, igualmente, la consideración de beneficiarias, debiendo atenerse a las previsiones contenidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Plazo máximo para la resolución y notificación
Seis meses a partir de la publicación en Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB )
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
De oficio
Fin de la via administrativa
Si
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
a) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la fecha límite de presentación de solicitudes.
b) Únicamente podrán acogerse las actuaciones que se inicien con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
c) El plazo para la ejecución de los proyectos finaliza el 31 de octubre de 2028.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático
Documentos relacionados con el procedimiento
-
Publicación oficial de la convocatoria (BOIB n.º 80, de 25 de junio de 2026)
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se aprueba, mediante elprocedimiento de gasto anticipado, la convocatoria de subvenciones para el lo fomento de la economíacircular en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso delturismo sostenible (ITS 2023) y con la cofinanciación del Programa FEDER 2021-2027, dirigida aempresas.