Procedimiento de clasificación empresarial
La clasificación empresarial es un requisito de capacidad que tienen que acreditar las empresas en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de los entes del sector público. La clasificación se exige en los contratos de obra cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros (IVA excluido).
En cambio, en los contratos de servicios no se exige la clasificación, aunque el empresario puede obtenerla como empresa de servicios a fin de acreditar su solvencia.
Los expedientes de clasificación se deben tramitar ante la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Código SIA
207967
Personas destinatarias
Empresarios personas jurídicas, empresarios individuales y profesionales cuya actividad se desarrolle en el ámbito de las obras y/o los servicios.
Plazo máximo para la resolución y notificación
6 meses
Silencio administrativo
Positivo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Observaciones
Si opta por la presentación telemática, tendran que adjuntar el modelo específico correspondiente que consta en el apartado documentación a presentar debidamente rellenado y firmado.
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Junta Consultiva de Contratación Administrativa