Requisits
Se pueden beneficiar de las subvenciones las entidades que soliciten especialidades formativas no conducentes a certificados de profesionalidad en la modalidad presencial siempre que tenguin centros de formación inscritos ubicados en el territorio de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
Las entidades de formación, para impartir las especialidades formativas tienen que estar inscritos:
· Por la programación 2022-2024, diez días antes de la fecha de publicación de la convocatoria
· Por la programación 2023- 2025, diez días antes del inicio del periodo para presentar la solicitud.
Documentació a presentar
a) Solicitud de la subvención que incluye la documentación y las declaraciones responsables siguientes:
· No estar sometido a ninguna de las circunstancias que se indican en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 10.1 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, y no tener causa de incompatibilidad para recibir la subvención.
· Hacer constar todas las ayudas y las subvenciones para la misma finalidad solicitados y concedidos por cualquier institución, pública o privada.
· Complir les obligacions que estableix la Llei 31/1995, de 8 de novembre, de prevenció de riscs laborals (BOE núm. 269, de 10 de novembre).
· No tener sanciones firmes pendientes de pago por infracciones de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.
· No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, en los tres últimos años por faltas muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en conformidad con el artículo 13 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en la orden social.
· Un compromiso verificable de calidad en la gestión, transparencia y eficiencia en la utilización de recursos públicos.
· En el caso de las entidades que soliciten personal especializado en colectivos vulnerables, una declaración responsable que acredite la experiencia en estos colectivos, de acuerdo con el modelo que establece el SOIB.
Documents relacionats amb el tràmit:
Termini màxim
El plazo para presentar las solicitudes de subvención junto con la documentación técnica es el siguiente:
· Por el primer periodo 2022-2024, 20 días naturales contadores desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB .
· Por el segundo periodo 2023-2025, desde día 2 de enero hasta 16 de enero 2023.
Forma de presentació
La presentació d'aquest tràmit únicament es pot fer per via telemàtica, i heu d'accedir fent un "click" al botó «Accés al tràmit telemàtic» que trobareu a la part inferior d'aquest tràmit. Per poder fer aquest tipus de tràmit, heu de disposar de certificat digital, DNI electrònic o cl@ve permanente.
Òrgan competent per a la tramitació
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Contacte
Servei o Secció responsable
Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB)
Carrer Gremi d'Hortolans, 11, 1 planta. Polígon Son Rossinyol.
Tel.: 971177900
- Fax: 971176342
(pmedina@soib.caib.es)